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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 4 de junio de 2012 467730 VISTA, la solicitud de registro Nº 2011-023566 del 24 de mayo de 2011, presentada por la empresa RADIO ESTUDIO ALFA E.I.R.L. sobre renovación de autorización de la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Huánuco, departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 179- 2002-MTC/15.03 del 21 de marzo de 2002, se renovó la autorización otorgada a la empresa RADIO ESTUDIO ALFA E.I.R.L., para la operación de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Huánuco, con vigencia hasta el 11 de junio de 2011; Que, con escrito de registro Nº 2011-023566 del 24 de mayo de 2011, la empresa RADIO ESTUDIO ALFA E.I.R.L., solicitó renovación de la autorización que fuera renovada con Resolución Viceministerial Nº 179-2002-MTC/15.03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen los requisitos y las condiciones aplicables a los procedimiento de renovación de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión; Que, mediante Informe Nº 6743-2011-MTC/29.02, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, comunica en la inspección técnica realizada el 14 de diciembre de 2011, se verifi có que la estación radiodifusora sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Huánuco, autorizada a la empresa RADIO ESTUDIO ALFA E.I.R.L., opera conforme a las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y con características técnicas autorizadas, asimismo señala que cumple con el objetivo y programación de su proyecto de comunicación, información que fue validada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones con Informe Nº 0721-2012-MTC/28; Que, con Resolución Viceministerial Nº 096-2004- MTC/03, ratifi cado con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cado con Resoluciones Viceministeriales Nº 145-2009-MTC/03 y Nº 058-2010- MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Huánuco, entre las cuales se encuentra la localidad de Huánuco, la misma que incluye al distrito de Huánuco de la provincia y departamento de Huánuco; Que, con Informe Nº 0721-2012-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que corresponde renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO ESTUDIO ALFA E.I.R.L., al haber cumplido con la presentación de los requisitos y las condiciones previstas para tal efecto en la norma, y verifi carse que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovación de la autorización contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial Nº 358- 2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización que fuera renovada mediante Resolución Viceministerial Nº 179- 2002-MTC/15.03 a favor de la empresa RADIO ESTUDIO ALFA E.I.R.L., por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 11 de junio de 2021, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Huánuco, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización renovada efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización renovada está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 796363-1 Renuevan autorización otorgada a favor de Compañía Radiodifusora Juliaca S.A.C. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM, en la localidad de Juliaca RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 162-2012-MTC/03 Lima, 28 de mayo de 2012 VISTA, la solicitud de registro Nº 2011-007486 de fecha 17 de febrero de 2011, presentado por la COMPAÑÍA RADIO DIFUSORA JULIACA S.A.C., sobre renovación de la autorización que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Juliaca, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 456-2006- MTC/03 del 28 de agosto de 2006, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 8 de setiembre de 2006, entre otros, se renovó el plazo de vigencia de la autorización otorgada a la COMPAÑÍA RADIODIFUSORA JULIACA S.A.C., hasta el 18 de febrero de 2011, para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Juliaca, departamento de Puno; Que, con escrito de registro Nº 2011-007486 del 17 de febrero de 2011, la COMPAÑÍA RADIODIFUSORA JULIACA S.A.C., solicitó la renovación de la autorización que le fuera renovada con Resolución Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen los requisitos y las condiciones aplicables a los procedimiento de renovación de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión; Que, con Informes Nº 1849-2011-MTC/29.02 del 14 de abril de 2011 y Nº 4290-2011-MTC/29.02 del 18 de agosto de 2011, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, comunicó que las inspecciones técnicas realizadas el 28 de marzo 2011 y del 19 al 27 de julio de 2011, respectivamente, se verifi có que la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), ubicada