Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2012 (04/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de junio de 2012

anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican las Declaraciones Juradas Tecnicas 9, 10 y 14, del Anexo Nº 3 de la Resolucion de Gerencia General Nº 458
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 213-2012-OS/GG
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2012 VISTO: El memorando GFHL/DPD-1248-2012 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 4º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD, se autorizo a la Gerencia General de OSINERGMIN entre otros, a aprobar y modificar los Formularios para Declaraciones Juradas Tecnicas; asi como a dictar las disposiciones tecnicooperativas y medidas necesarias para la aplicacion del Reglamento de Registro de Hidrocarburos; Que, en uso de dichas facultades, con fecha 17 de noviembre de 2011, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 458 se aprobaron, entre otros, los formularios de declaraciones juradas tecnicas necesarios para la tramitacion ante la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos de los procedimientos administrativos relacionados al Registro de Hidrocarburos; Que, con fecha 28 de febrero del 2012 se aprobo el Decreto Supremo Nº 005-2012-EM a traves del cual se modifico el Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Venta al Publico de Combustibles Derivados de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-93-EM; y el Glosario, Siglas y Abreviaturas del Subsector de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2002-EM; Que, las modificaciones aludidas en el parrafo precedente contemplaron la inclusion de disposiciones tecnicas y de seguridad que se deben considerar para el almacenamiento y despacho de combustibles en Grifos Rurales y Grifos Flotantes; Que, para una mejor aplicacion de las nuevas disposiciones aprobadas, a fin de brindar una mayor predictibilidad a los administrados; y ejercer una efectiva supervision y fiscalizacion por parte de OSINERGMIN; resulta necesario modificar las Declaraciones Juradas Tecnicas Nºs 9 y 10 obligatorias para la inscripcion en el Registro de Hidrocarburos de los grifos rurales y grifos flotantes; Que, de otro lado, conforme a lo senalado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por Ley Nº 29738, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo es el encargado de velar por el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las leyes de la materia y convenios colectivos, determinar la comision de infracciones de caracter general en materia de seguridad y salud en el trabajo, asi como las infracciones de seguridad y salud en el sector energia y minas; Que, en ese sentido, a partir del 20 de agosto de 2011, fecha de entrada en vigencia de la Ley de Seguridad y Salud en el trabajo referida precedentemente, OSINERGMIN ya no esta requiriendo documentacion concerniente al cumplimiento de normas relacionadas a la capacitacion y/o entrenamiento, por ser de competencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; por lo que, resulta necesario modificar la Declaracion Jurada Tecnica-14 aplicable al medio de transporte de combustibles liquidos y OPDH - camion tanque o camion cisterna; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administracion Publica se encuentran obligados a

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Declaran que las autorizaciones para prestacion del servicio de radiodifusion sonora en FM en la localidad de Morococha, departamento de MORDAZA, seran otorgadas mediante concurso publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0575-2012-MTC/28
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan mediante concurso publico cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda y localidad es menor al numero de solicitudes admitidas; Que, el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que configurada la situacion prevista en el articulo 40º del mismo cuerpo legal, se expedira la resolucion directoral senalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad seran otorgadas por concurso publico; Que, mediante Informe Nº 0767-2012-MTC/28 se da cuenta que en la localidad de MOROCOCHA del departamento de MORDAZA del servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada (FM), el numero de solicitudes admitidas es de seis (06), lo cual es superior al de frecuencias disponibles que es de cinco (05), razon por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion deberan otorgarse por concurso publico; correspondiendo ademas expedir la resolucion que asi lo declare; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de MOROCOCHA del departamento de MORDAZA seran otorgadas mediante concurso publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones

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