Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2012 (04/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 4 de junio de 2012

Estando a lo dispuesto y con las visaciones respectivas; De conformidad con las normas acotadas, el Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009-ED y con Resolucion Directoral Nº 338-2009ENSABA respectivamente; SE RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR el numeral 15.8º del ROF de la ENSABAP, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "15.8: Representar y ejercer la defensa de los intereses y derechos de la ENSABAP ante las diversas autoridades judiciales, policiales y administrativas en las que la Institucion es parte". Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Direccion Administrativa la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el MORDAZA Electronico de la Institucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Director General Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General (e) Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru

MORDAZA de verificacion de firmas respectiva; y d) cumplir con los plazos establecidos en el cronograma fijado mediante Resolucion Nº 0604-2011-JNE, esto es, presentar la solicitud a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (culminado el tramite de comprobacion de adherentes ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil) hasta el 25 de MORDAZA de 2012. 3. Con fecha 23 de MORDAZA de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito el inicio del MORDAZA de revocatoria de cargo de las siguientes autoridades municipales del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de San Martin:
DNI NOMBRES CARGO MORDAZA ORGANIZACION POLITICA PARTIDO APRISTA PERUANO PARTIDO APRISTA PERUANO 44086953 MORDAZA MORDAZA MORDAZA

01099838 MORDAZA MORDAZA REGIDOR MORDAZA MORDAZA 01100160 MORDAZA MORDAZA MORDAZA 41876642 MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGIDOR

REGIDORA PARTIDO APRISTA PERUANO PARTIDO APRISTA PERUANO

46967511 BEDITH MORDAZA MORDAZA 01099994 MORDAZA MORDAZA MORDAZA

REGIDORA PARTIDO APRISTA PERUANO REGIDOR FUERZA 2011

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MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Acumulan solicitudes de revocatoria de autoridades a la convocatoria del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Res. Nº 0604-2011-JNE
RESOLUCION Nº 0367-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-00520 MORDAZA, veinticinco de MORDAZA de dos mil doce VISTO el Oficio Nº 736-2012-SG/ONPE, de fecha 24 de MORDAZA de 2012, remitido por la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en atencion a la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de San MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA Herrera. CONSIDERANDO 1. Uno de los derechos de participacion de los ciudadanos es el que se efectua a traves de la consulta popular de revocatoria de autoridades, conforme a lo establecido por el articulo 31 de la Constitucion, que establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos publicos mediante referendum, iniciativa legislativa, remocion o revocacion de autoridades y demanda de rendicion de cuentas. Este derecho tiene, asimismo, desarrollo en la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos. 2. Dicha ley establece los requisitos para la procedencia de una solicitud de revocatoria, los cuales son: a) la solicitud de revocatoria debe referirse a una autoridad en particular; b) debe estar fundamentada (no requiere ser probada); c) debe alcanzar el numero minimo de firmas validas (el 25% de firmas respecto del ultimo padron electoral para la circunscripcion), las que son verificadas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (en adelante, Reniec), el cual emite la

4. Asi, mediante el oficio del visto, la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales comunico que la solicitud de revocatoria formulada cumple con los requisitos formales de ley, pues dicha solicitud identifico los nombres de las autoridades de quienes se solicita MORDAZA sometidas a consulta; se fundamento el pedido y adjunto la MORDAZA de verificacion positiva de firmas. 5. Asimismo, de conformidad con lo prescrito por el articulo 46 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, el MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para acumular las iniciativas de convocatoria de revocatoria de autoridades municipales y/o regionales para someterlas a consulta de los ciudadanos en forma conjunta. 6. En tal sentido, todas las solicitudes ingresadas a este Supremo Tribunal Electoral deberan acumularse e incluirse en la resolucion que convocara el MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012. Por ende, acumulese la presente solicitud de revocatoria de las autoridades del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de San Martin: Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- ACUMULAR la solicitud de revocatoria de autoridades del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de San MORDAZA, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la convocatoria del MORDAZA de consulta popular de revocatoria del 2012 establecido por la Resolucion Nº 0604-2011-JNE. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas, de la Contraloria General de la Republica, de la Defensoria del Pueblo, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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