Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2012 (07/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2012

ha invitado a participar en el Concurso Internacional de Ballet MORDAZA (CIBC) ­ Caracas 2012, el cual se desarrollara del 12 al 17 de junio de 2012 en la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela; Que, mediante Oficio N° 131-2012-ENSB, la Directora General de la Escuela Nacional Superior de Ballet solicita se autorice el viaje de la docente que acompanara a la delegacion de alumnas de la Escuela Nacional Superior de Ballet que participara en el Concurso Internacional al que se hace referencia en el considerando precedente; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe N° 006-2012-OWC-DIGESUTP, emitido por la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico-Profesional del Ministerio de Educacion, el citado Concurso busca proyectar la cultura y las artes a traves del ballet y permitira el intercambio de experiencias que reforzaran los conocimientos academicos y artisticos de estudiantes y docentes de la Escuela Nacional Superior de Ballet; Que, por lo MORDAZA senalado resulta necesaria la participacion de la senora MORDAZA Marcet MORDAZA, Docente de la Escuela Nacional Superior de Ballet en el evento en mencion; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del Articulo 10 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales del citado articulo, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interes para la Institucion, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos seran asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion ­ Unidad Ejecutora 024; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, en su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion, el viaje de la senora MORDAZA Marcet MORDAZA, Docente de la Escuela Nacional Superior de Ballet dependiente de la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico ­ Profesional del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion, a la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, del 11 al 18 de junio de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educacion ­ Unidad Ejecutora 024 de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos (incluye TUUA) : S/. 1 143,00 Viaticos por 06 dias : S/. 3 207,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada servidora debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion Supremano MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Educacion.

Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 798419-8

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva para desarrollar actividad de transmision de energia electrica a favor de Abengoa Transmision Sur S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 059-2012-EM MORDAZA, 6 de junio de 2012 VISTO: El Expediente N° 14281611 sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentado por Abengoa Transmision Sur S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12512384 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende las Lineas de Transmision de 500 kV S.E. MORDAZA - S.E. Marcona Nueva - S.E. Ocona - S.E. MORDAZA 2 y Subestaciones, L.T. 220 kV S.E. Marcona Nueva - S.E. Marcona Existente y la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA Nueva - S.E. MORDAZA Existente, ubicadas en las provincias de Canete, Chincha, Ica, Nazca, Palpa, MORDAZA, Camana, Caraveli, MORDAZA, Caylloma, Islay y Mariscal MORDAZA, departamentos de MORDAZA, Ica, MORDAZA y Moquegua; cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 1212009, publicado el 24 de diciembre de 2009, una de las medidas de promocion para la ejecucion de proyectos priorizados, son las certificaciones ambientales, que seran requeridas por la entidad concedente MORDAZA del inicio de la ejecucion de los proyectos, y no seran requisito para la obtencion de las autorizaciones administrativas de caracter sectorial; Que, mediante la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT), se desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indigenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2012-MC se aprueba el "Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indigenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo (OIT)"; Que, el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 001-2012MC, senala que "respecto a los actos administrativos, las reglas procedimentales previstas en la presente MORDAZA se aplican a las solicitudes que se presenten con posterioridad a su publicacion", por consiguiente, la referida MORDAZA no se aplica al presente tramite; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N°

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