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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de junio de 2012 468304 por Decreto Supremo N°156-2004-EF, se precisa que conforme a lo establecido por el artículo 194°, inciso 4) del artículo 195° y por el artículo 74° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifi can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fi ja la ley; Que, con fecha 14 de Diciembre del 2011 se ha publicado en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza Municipal N°017-2011-CDB, mediante la cual se ha establecido mantener para el ejercicio 2012 la vigencia de la Ordenanza Municipal N°016-2008-CDB, que estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo paran el año 2009, vigente también para el año 2011 según Ordenanza Municipal N°014-2010-CDB, asimismo mediante la misma Ordenanza se estableció que el 30 de Marzo del mismo ejercicio fi scal será el vencimiento del pago de la Tercera cuota de los tributos ya mencionados. Que, con fecha 19 de Febrero del 2012 se ha publicado en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza Municipal N°003-2012-CDB, mediante la cual se ha establecido “La ampliación de benefi cios tributarios que están contenidas en la Ordenanza Municipal N°015-2011- CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 29 de Febrero del ejercicio fi scal 2012”; Que, con fecha 28 de Febrero del 2012 se aprobó la Ordenanza Municipal N°004-2012-CDB, mediante la cual se aprueba prorrogar el plazo para el acogimiento al benefi cio de descuento por pronto pago de las tasas de arbitrios municipales establecidos para el ejercicio fi scal 2012, hasta el 31 de Marzo del mismo ejercicio fi scal; Que, con fecha 29 de Febrero del año 2012, se emitió el Decreto de Alcaldía N°001-2012-MDB-AL, mediante el cual se aprobó prorrogar el plazo para el realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de Marzo del ejercicio fi scal 2012; Que, con fecha 30 de Marzo del año 2012, se emitió el Decreto de Alcaldía N° 003-2012-MDB-AL, mediante el cual se estableció prorrogar el plazo para realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 30 de Abril del ejercicio fi scal 2012; Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 005-2012- MDB-AL, emitido el 30 de Abril del año 2012, se aprobó prorrogar el plazo para realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de Mayo del ejercicio fi scal 2012; Que, esta gestión tiene como fi n máximo procurándose dar una buena calidad de vida a los vecinos de esta institución edil y apreciando que existe una gran necesidad de ampliar los benefi cios tributarios que están contenidos en la Ordenanza Municipal N°015-2011-CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 30 de Junio del presente año fi scal; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal N°003-2012- CDB y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA Primero.- Ampliar la fecha de vencimiento del benefi cio tributario aprobado mediante la Ordenanza Municipal N°015-2011-CDB, hasta el 30 de Junio del presente ejercicio. Segundo.- Deléguese el cumplimiento de la presente a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas, Unidad de Ejecutoria Coactiva y a la Unidad de Informática. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 800453-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Designan funcionario responsable de brindar información pública en aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 443-2012-A/MPP San Miguel de Piura, 13 de abril de 2012 Visto, el Informe N° 375-2012–OSG/MPP, de fecha 10 de abril de 2012, emitido por la Ofi cina de Secretaría General, de la Municipalidad Provincial de Piura;y, CONSIDERANDO Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 970- 2011-A/MPP de fecha 13 de setiembre de 2011, se designó al Abog. Manuel Francisco Palomino Ortíz, en su calidad de Jefe de la Oficina de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Piura, como funcionario responsable de brindar la información Pública en aplicación de lo dispuesto por el TUO de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N°043– 2003–PCM y su Reglamento aprobado por D.S. N° 072–2003–PCM; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 409-2012-A/MPP, de fecha 09 de abril de 2012, se designa al Abog. Daniel Ricardo Palacios Novoa, en el cargo de confi anza de Jefe de la Ofi cina de Secretaría General de esta Municipalidad Provincial; Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes así como lo dispuesto por el TUO de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N° 043–2003– PCM y su Reglamento aprobado por D.S. N° 072–2003– PCM, resulta necesario designar al Abog. Daniel Ricardo Palacios Novoa, como funcionario responsable de brindar la información pública; Que, en mérito a lo expuesto, en atención al proveído de fecha 11 de abril de 2012 emitido por la Gerencia Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 20° inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al Abog. Daniel Ricardo Palacios Novoa, Jefe de la Ofi cina de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Piura, como funcionario responsable de brindar la información pública, en aplicación de lo dispuesto por el TUO de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N° 043–2003–PCM y su Reglamento aprobado por D.S. N° 072–2003–PCM. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por D.S. N° 072–2003– PCM.