Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2012 (14/06/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

468302
VISTO.-

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de junio de 2012

El Informe N°026-2012-STDC, elaborado por el Secretario Tecnico de Defensa Civil de la Municipalidad de Punta MORDAZA, sobre el Reconocimiento de la Constitucion del Grupo de Trabajo de la Municipalidad, para la Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD). CONSIDERANDO.Que, la Municipalidad como Organo de Gobierno Local, es persona juridica de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, por lo cual esta facultada para celebrar todos los actos y contratos necesarios para el Ejercicio de sus funciones, conforme lo establece la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, en concordancia con lo establecido por la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por D.S N° 048-2011-PCM, los Gobiernos Locales como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestion de Riesgo de desastres en el ambito de su competencia, en el MORDAZA de la Ley y los lineamientos del ente rector. Que, en concordancia con lo senalado por la Ley 29664, en el Articulo 17° Mecanismo de constitucion y funcionamiento de grupos de trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres; Articulo 17.1 La MORDAZA autoridad ejecutiva de cada entidad publica a nivel Nacional, los Presidentes Regionales y los Alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres para la formulacion de normas y planes, evaluacion, organizacion, supervision, fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia. Esta funcion es indelegable. Articulo 17.2 Los grupos de trabajo estan integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores de cada entidad publica o gobiernos sub nacionales. SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONSTITUIR E INSTALAR el Grupo de Trabajo de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, para la Gestion del Riesgo de Desastres presidido por el MORDAZA e integrado por los siguientes funcionarios: Gerente Municipal. Secretario General. Jefe de la Oficina de G.R.D. Jefe de Seguridad Ciudadana. Jefe de Servicios Comunales. Jefe de Desarrollo Humano. Jefe de Logistica. Jefe de Obras. Articulo Segundo.- COMUNICAR, el presente acto resolutivo a los funcionarios integrantes del Grupo de Trabajo de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA, para su conocimiento y cumplimiento de las funciones dispuestas por la Ley del SINAGERD, a la Presidencia del Concejo de Ministros como organo rector, al Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion de Riesgo de Desastres (CENEPRED), al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) e instancias pertinentes, con las formalidades de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 801034-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA
Suspenden la recepcion de solicitudes de aprobacion de Anteproyectos en Consulta y de Licencias de Edificacion, para predios que aun no cuenten con Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios vigentes, asi como la emision de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios para la MORDAZA RDM del Area de Tratamiento Normativo IV
ORDENANZA Nº 171-2012-MSMM MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 8 de junio del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 011-2012MSMM, celebrada en la fecha; con el MORDAZA mayoritario de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 le confiere, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente Ordenanza Municipal; VISTO: El Informe Tecnico Nº 042-2012-DDUEC de fecha 1 de junio del 2012 de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, Edificaciones y Comercializacion, Informe Legal Nº 0662012-OAJ-MSMM de fecha 8 de junio del 2012 de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, articulo 40º de la Ley 27783 ­ Ley de bases de la Descentralizacion y el articulo II de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, las Municipalidades ejercen su funcion normativa entre otros, via Ordenanza, la misma que tiene rango de ley, de conformidad a lo establecido en el inciso 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, acorde a lo dispuesto por el articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es funcion de las Municipalidades fomentar las inversiones privadas en proyectos de interes local; en consecuencia constituyen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades distritales, que el art. 74 de la misma Ley, senala que: "Las Municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de Fiscalizacion y control en las materias de competencia, conforme a la presente ley y a la Ley de Bases de la Descentralizacion"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley 27972, los Gobiernos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.