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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de junio de 2012 468289 VISTO: El Ofi cio N° 688-2012-CSJIC/PJ-796-2012-1-SAL, cursado por el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica. CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial al amparo del artículo 24° del Nuevo Código Procesal Penal, expidió la Resolución Administrativa N° 096- 2012-CE-PJ, de fecha 31 de mayo del año en curso, que dispuso que las conductas delictivas objeto de imputación cometidas con motivo de la convulsión social que tienen lugar en las Regiones del Cusco y Cajamarca serán de conocimiento de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales de Ica y Lambayeque que allí se mencionan, al otorgárseles competencia supraprovincial. Segundo. Que, al respecto, el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica, por Ofi cio N° 688-2012-CSJIC/PJ-796-2012-1-SAL, ha remitido fotocopia de la Resolución N° 10 de fecha 12 de los corrientes, expedida en el Cuaderno de Prisión Preventiva signado con el N° 796-2012-1-1401-JR-PE- 01 seguido contra Oscar Avelino Mollohuanca Cruz por delito de disturbios y otros, mediante la cual en uno de sus extremos solicita se designe al Juzgado de la Investigación Preparatoria que deberá conocer en primer grado la mencionada solicitud de prisión preventiva, al haberse declarado la nulidad de la resolución emitida por el Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria de Ica. Tercero. Que, en este contexto, resulta necesario dictar las medidas pertinentes que permitan dilucidar jurisdiccionalmente situaciones como las presentadas a raíz de la decisión de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica -que es lo que se denomina “competencia por encargo del superior”, que se produce en los supuestos de recusación e inhibición y de anulación de resoluciones-, en estricta aplicación de las normas contenidas en la Constitución Política del Estado y la legislación de la materia. Cuarto. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es facultad de este Órgano de Gobierno adoptar acuerdos y demás medidas para que las dependencias judiciales funcionen adecuadamente. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 450-2012 de la vigésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que las conductas delictivas objeto de imputación cometidas con motivo de la convulsión social que tienen lugar en la Región del Cusco, a que se refi ere la Resolución Administrativa N° 096-2012-CE-PJ del 31 de mayo del año en curso, serán de conocimiento del Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de Ica, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, el que tendrá competencia supraprovincial, cuando se presenten causales fundadas de recusación, inhibición y anulación de resoluciones del Juez del Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria de Ica. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ica y Lambayeque a designar en lo sucesivo al órgano jurisdiccional pertinente cuando se presenten los supuestos señalados precedentemente. Artículo Tercero.- La Gerencia General del Poder Judicial, en coordinación con las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ica y Lambayeque, dispondrá las acciones pertinentes en cuanto a recursos humanos y logísticos. Artículo Cuarto.- Transcribir la mencionada resolución a la Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Ica y Lambayeque, Presidencia de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.- S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 801212-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Tercera Sala Contencioso Administrativo de Lima y designan Juez Supernumerario del Trigésimo Noveno Juzgado Civil de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 409-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 11 de junio del 2012 VISTOS; los ingresos N°s. 032743-2012 y 36136-2012, así como el Ofi cio N° 152-2012-SG-CED-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, por los ingresos de vistos, el doctor Gunther Hernán Gonzáles Barrón, Juez Superior integrante de la Tercera Sala Contencioso Administrativo de Lima, solicita licencia con goce haber los días 14 y 15 de junio y licencia sin goce de haber los días 19 y 20 de junio del año en curso; a fi n de presentar la ponencia en el evento denominado Foro Nacional de Administradores del IAI, bajo la organización del Instituto de Administradores de Inmuebles A.C, que se llevará a cabo en la Ciudad de México los días 15 y 16 de junio del presente año. Que, mediante el Ofi cio N° 152-2012-SG-CED-CSJLI/ PJ, se comunica a esta Presidencia que por sesión de Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, las licencias solicitadas por el doctor Gunther Hernán Gonzáles Barrón, han sido concedidas los días 14 y 15 de junio del año en curso, con goce de haber; y, los días 18 y 19 del mismo mes y año, sin goce de haber. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Colegiado en mención, designar al Magistrado que reemplazará al doctor Gonzáles Barrón. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR al doctor RICARDO REYES RAMOS, Juez Titular del Trigésimo Noveno