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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (14/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de junio de 2012 468297 1303-2012GRC/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 1211-2012-GRC/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Dictamen Nº 088- 2012-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto por el inciso c) del punto 10.1 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público Año Fiscal 2012, establece que se encuentran prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, con excepción de los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos, así como los altos funcionarios y autoridades del Estado a través de resolución del titular de la Entidad. La Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, indica en el último párrafo del numeral 10.1 del Artículo 10º ya citado, que, en el caso de los gobiernos regionales los viajes se autorizan mediante Acuerdo de Consejo Regional y deben realizarse en categoría económica; Que, según lo previsto en el Artículo 73º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es el órgano que ejerce las funciones específicas sectoriales en materia de planificación, estratégica prospectiva, presupuesto, contribuyendo a un ordenado y sistemático proceso de gestión de la Entidad, teniendo entre sus funciones la programar, evaluar y controlar el Presupuesto Institucional, debiendo tenerse además en consideración lo dispuesto por la Resolución Gerencial General Regional Nº 338- 2009-Gobierno Regional del Callao-GGR de fecha 11 de junio de 2009, que aprueba la Directiva General Nº 002-2009-GRC-GA de la misma fecha en lo que se refiere a las Normas para el Otorgamiento de Viáticos, Asignaciones y Rendición de Cuentas por Comisiones de Servicio en el País y el Extranjero, que resulta de aplicación al presente caso, de conformidad a lo previsto por los numerales I y IV; De otro lado, el Artículo 39º de la Constitución Política del Perú, establece que todos los funcionarios y trabajadores públicos, se encuentran al servicio de la Nación, siendo que dicha norma ha sido desarrollada por la Ley Nº 28212, en lo que se refi ere a jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado. Dentro de la jerarquía de los altos funcionarios y autoridades del Estado, se encuentran comprendidos los Presidentes y Consejeros de los Gobiernos Regionales, según lo prevé el literal i) del Artículo 2º de la Ley Nº 28212; Que, por Acuerdo del Consejo Regional Nº 000060 de fecha 20 de marzo de 2012, se aprobó el Dictamen Nº 049-2012-GRC/CR-CA de la Comisión de Administración Regional, autorizando el viaje de la Consejera Regional Ing. Nancy Margarita Villela Alvarado, para que asista el Seminario CAAL-AL- 2012-Seguridad Ciudadana: Modelos Futuristas, a desarrollarse en la Ciudad de Los Ángeles-California de los Estados Unidos de Norteamérica del 27 al 30 de junio de 2012, señalándose que, los gastos que irrogue su participación, referidos a pasajes, viáticos, costos de participación y tributos correspondientes, ascendentes a la suma de S/. 8,392.15 (Ocho Mil Trescientos Noventa y Dos con 15/100 Nuevos Soles), conforme a los señalado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, serían cubiertos con cargo al Presupuesto del Gobierno Regional del Callao, por la fuente de Financiamiento 5, Recursos Determinados, Rubro 18 Canon, Sobre canon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones; Que, con Memorando Nº 131-2012-GRC/SCR-CR, de fecha 24 de mayo de 2012, la Secretaría de Consejo Regional, solicita a la Jefatura de la Ofi cina de Logística, cotizar nuevamente el pasaje aéreo, viáticos, costos de inscripción (US$ 880.00 dólares americanos) y demás gastos que pudiese irrogar el viaje de la Consejera Regional Ing. Nancy Margarita Villela Alvarado a la ciudad de Los Ángeles, del 27 al 30 de junio de 2012, a fi n de modifi car el Acuerdo del Consejo Regional Nº 000060 de fecha 20 de marzo de 2012, de acuerdo a la nueva cotización; Que, con Informe Nº 125-2012-GRC/GA-OL-BCT, de fecha 28 de mayo de 2012, la profesional de la Oficina de Logística de la Gerencia de Administración, señala que, en atención a lo requerido por el área usuaria, se procedió a actualizar el costo de los pasajes aéreos, por lo que se procedió nuevamente a cotizar, recepcionándose la cotización hasta por el monto de US$ 2,000.00 dólares americanos, sujeto a variación; Que, mediante Memorándum Nº 1303-2012-GRC/ GRPPAT la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, informa que mediante el Memorando Nº 03-2012-GRC/ GRPPAT, de fecha 20 de marzo de 2012, se otorgó disponibilidad presupuestal para el viaje ya señalado por un total de US$ 3,122.00 dólares americanos, precisando que los montos han sido actualizados, y tomando en consideración lo indicado por la Secretaria del Consejo Regional y la cotización del dólar a la fecha según la Superintendencia de Banca y Seguros es de (US$1=2.701), expone que el concepto por pasajes aéreos es de (US$2,000.00 dólares americanos o su equivalente en moneda nacional por S/. 5,402.00 Nuevos Soles); Viáticos (US$ 1,100.00 dólares americanos o su equivalente en moneda nacional por S/. 2,971.10 Nuevos Soles); Inscripción (US$ 880.00 dólares americanos o su equivalente en moneda nacional por S/ 2,376.88 Nuevos Soles), precisando que existe Disponibilidad Presupuestaria, hasta por S/. 10,750.00 (Diez Mil Setecientos Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), por la Fuente de Financiamiento 5, Recursos Determinados, Rubro 18 Canon y Sobre canon, Regalías, Renta de Aduana y Participaciones para el referido viaje; Que, estando a lo informado por la Secretaría del Consejo Regional, las razones expuestas por dicha unidad orgánica resultan lógicas, teniendo en consideración que, conforme lo ha señalado la Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, la cotización del dólar a la fecha ha sufrido variación según la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondo de Pensiones, quien tiene competencia para ejercer en el ámbito de sus atribuciones, el control y la supervisión de las empresas que conforman el Sistema Financiero, Sistema de Seguros y Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones; Que, de acuerdo con el Informe Nº 1211-2012-GRC/ GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que lo que corresponde es dejar sin efecto el Acuerdo de Consejo Regional Nº 000060, de fecha 20 de marzo de 2012, previo Acuerdo del Consejo Regional, ya que conforme a lo previsto por el inciso a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el inciso 1º del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 000028 de 20 de diciembre de 2011, se establece que dentro de las funciones del Consejo Regional, se encuentra la de Aprobar, Modifi car o Derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional del Callao, a través de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales, lo que resulta aplicable en el presente caso; Que, asimismo, mediante Informe Nº 1211-2012-GRC/ GAJ, la Gerencia de Asesoría es de la opinión que resulta procedente autorizar el viaje así como la asignación de recursos por Pasajes, viáticos, gastos de inscripción de la señora Consejera Regional Ing. Nancy Margarita