Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (14/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de junio de 2012 468300 políticas, proyectos y actividades orientados al manejo constructivo de confl ictos sociales. - Proponer políticas comunicativas orientadas a la sensibilización en materia de confl ictividad. Artículo Cuarto.- APROBAR, la creación de una ofi cina y que la “Unidad de Diálogo y Concertación para la Cultura de Paz y manejo Constructivo de Confl ictos Sociales en el Gobierno Regional de Puno”, contará con los siguientes equipos de apoyo: A.1. Equipo de monitoreo y gestión constructiva de confl ictos sociales.- este equipo será conformada a través de Resolución Ejecutiva Regional, para intervenciones en temas de confl ictividad específi cos; la resolución referida, deberá consignar con precisión, el confl icto en el que intervendrá el equipo determinara, alcances, competencias y funciones especifi cas. Los miembros serán designados de acuerdo a la realidad y naturaleza de confl icto a intervenirse, con un presidente, vicepresidente, secretario y miembros. A.2 Equipo técnico permanente para la resolución constructiva de confl ictos sociales.- El reglamento de la presente Ordenanza determinara sus funciones e integrantes. Artículo Quinto.- ENCARGAR, al ejecutivo del Gobierno Regional Puno, la elaboración del Reglamento, dentro del plazo de treinta días calendario, y su respectiva aprobación por Decreto Regional. Artículo Sexto.- ENCARGAR, al ejecutivo del Gobierno Regional Puno, que dentro del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Puno, se incluya como órgano consultivo, a la “Unidad de Dialogo y Concertación para la Cultura de Paz y manejo Constructivo de Confl ictos Sociales en el Gobierno regional de Puno”, precisando sus funciones conforme a lo ordenado en la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la promoción de la cultura de paz e igualdad de oportunidades en los planes de Desarrollo Regional, Plan de Desarrollo de Capacidades y los instrumentos de gestión del Gobierno regional que incluya objetivos específi cos al desarrollo de capacidades en cultura de paz, prevención y manejo constructivo de confl ictos, promoción de los derechos humanos, la ética pública, a si como el uso de los medios de comunicación para el fomento de una cultura de paz. Artículo Octavo.- INSTITUCIONALIZAR, el Día Internacional de la Paz “el día veintiuno (21) de setiembre de todos los años en la región Puno”. Artículo Noveno.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario regional de mayor circulación y en el Diario Ofi cial El Peruano, en estricto cumplimiento de lo que dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el portal electrónico del Gobierno Regional de Puno, bajo responsabilidad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Puno para su promulgación. En Puno a los cinco días de julio del año dos mil once. JUAN JOSÉ ALVAREZ DELGADO Consejero Delegado Mando se publique, se registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 25 días de julio del año dos mil once. MAURICIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ Presidente del Gobierno Regional de Puno 800318-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Amplían plazo de inscripción y acreditación de participantes en el proceso de formulación del Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2012-A-MDC Cieneguilla, 11 de Junio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 048-2012-GPP/MDC de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto de fecha 11.06.2012 y el Proveído N° 147-2012-GM-MDC de la Gerencia Municipal de fecha 11.06.2012 sobre la ampliación del plazo para la inscripción y acreditación de participantes en el proceso de formulación del Plan de Desarrollo Concertado 2012 – 2021 del distrito de Cieneguilla, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales, son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias, conforme se ha establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28607, concordante con lo previsto en los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, definen y establecen pautas para la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones relativo a la asignación de los recursos públicos en los procesos de elaboración del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo; Que, por Ordenanza Nº 156-2012-MDC, se aprobó el Reglamento para el Proceso de Programación, Participación y Formulación del Plan de Desarrollo Concertado 2012 – 2021 del distrito de Cieneguilla; Que, por Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-A-MDC, se aprobó el Cronograma de Actividades para el Proceso de Programación, Participación y Formulación del Plan de Desarrollo Concertado 2012 – 2021 del distrito de Cieneguilla; Que, el artículo segundo de la Ordenanza Nº 156-2012- MDC, establece que el Cronograma de Actividades, será formulado y/o actualizado a través de Decreto de Alcaldía, tomando en consideración la fecha de publicación de dicha ordenanza; Que, el punto 8 del anexo del Cronograma de Actividades para el Proceso de Programación, Participación y Formulación del Plan de Desarrollo Concertado 2012 – 2021, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 005-2012-A-MDC, establece que la “Inscripción y acreditación de participantes, entrega de credenciales indicando la organización y sector territorial a la que representa” es hasta el día 09 de junio en el local municipal; Que, con el propósito de atender la demanda de la población y que el Proceso de Programación, Participación y Formulación del Plan de Desarrollo Concertado 2012 – 2021 del distrito de Cieneguilla, tenga una alta participación de las organizaciones y comités vecinales, instituciones públicas y privadas, así como de los vecinos en general,