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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de junio de 2012 468299 sus diferentes niveles de gobierno (nacional, regional y local) tiene la obligación de generar y afi rmar instituciones capaces de canalizar los confl ictos negociables. Que, en la Región Puno, es necesario implementar la Unidad de Dialogo y Concertación para la Prevención y Manejo Constructivo de Confl ictos Sociales en el Gobierno Regional de Puno, que atienda las demandas de la población, con el objeto de concertar, fomentando el diálogo y desactivar, prevenir confl ictos sociales en la Región Puno, para una cultura de paz. Que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902. Y con voto unánime de los miembros integrantes autorizados del Consejo Regional de Puno, ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR, el órgano consultivo de la “Unidad de Diálogo y Concertación” para la Promoción de la Cultura de Paz y manejo Constructivo de Confl ictos Sociales en la Región de Puno, como órgano consultivo; cuya misión será abordar los confl ictos sociales en la región Puno desde una perspectiva integral. Artículo Segundo.- DISPONER, que la “Unidad de Diálogo y Concertación para la Cultura de Paz y Manejo Constructivo de Confl ictos Sociales en el Gobierno Regional de Puno”, estará conformado por: - Gobierno Regional Puno, quien presidirá la Unidad. - Representante del Consejo Regional del Gobierno Regional Puno. - Representante del Consejo de Coordinación regional (Sociedad Civil). - Representante de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno. - Representante de la Iglesia. - Cámara de Comercio. - Defensoría del Pueblo. - Representante de la Policía Nacional del Perú. - Alcaldes provinciales o distritales de la jurisdicción competente. - Gobernador de Provincia o distrito. Artículo Tercero.- APROBAR, las funciones de la “Unidad de Diálogo y Concertación para la Cultura de Paz y manejo Constructivo de Confl ictos Sociales en el Gobierno regional de Puno”: - Generar compromisos sociales para instalar una cultura de paz en el ámbito regional, en base a una efectiva participación ciudadana. - Elaborar y proponer lineamientos de política regional sobre prevención y manejo constructivo de confl ictos, como tema transversal en los diferentes ejes de desarrollo regional. - Monitorear el cumplimiento de los compromisos establecidos entre el estado y los pueblos; asimismo los provenientes de cooperación interinstitucional, desde la perspectiva de la prevención de confl ictos. - Generar compromisos en las entidades públicas, privadas y organizaciones de la sociedad civil de la región, para que procedan a formar entre sus miembros capacidades en la prevención y manejo constructivo de confl ictos. - Hacer incidencia en los decisorios políticos para incluir en el Plan de Desarrollo Concertado Regional, Plan de Desarrollo Institucional, Plan Operativo Institucional, REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL