Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2012 (23/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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En MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La MORDAZA a 7 de MORDAZA de 2012. MORDAZA H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 804560-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Recomiendan interponer accion de inconstitucionalidad contra la Ordenanza Nº 022-2011-GRP-CRP emitida por el Gobierno Regional de MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 43-2012-CR /GRM 7 de junio del 2012 VISTO: En Sesion Ordinaria Nº 06-2012-CR/GR.M, de fecha 07 de Junio del 2012, del Consejo Regional de MORDAZA, la propuesta de Acuerdo para rechazar la Ordenanza Regional Nº 022-2011-CRP, emitida por el Gobierno Regional de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto en el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru reformado por la Ley Nº 28607, concordante con la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA, al igual que el de MORDAZA, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; autonomias que estan limitadas al cumplimiento de las funciones expresamente establecidas por la Constitucion, la Ley de Bases de Descentralizacion, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y la propia Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial; pero que ninguna de las normas aludidas faculta a los Gobiernos Regionales a aprobar ni "reconocer" demarcacion o limite territorial alguno; Que, en el Diario Oficial El Peruano del 06 de MORDAZA del 2012, se ha publicado la Ordenanza Regional Nº 022-2011-GRP-CRP, del 06 de diciembre del 2011 emitida por el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante la cual se ORDENA:"Articulo Primero: DECLARAR de necesidad e interes regional la priorizacion de la Demarcacion Territorial en zonas de conflicto territorial en la Region Puno"."Articulo Segundo: RECONOCER los limites ancestrales en la Region Puno: A) En la provincia de Carabaya los distritos de San Gaban, Ayapata, Coasa, Sector Loromayo y Nujununta. B) En la provincia de MORDAZA los distritos de Acora, Pichacani, San MORDAZA de Esquilache y Manazo, asi como en la Provincia de San MORDAZA el distrito de Cabanillas. C) En la provincia de MORDAZA y anexos del distrito de MORDAZA MORDAZA, Comunidades de Pinaya y Colline. E) En la provincia de El Collao. Distrito de MORDAZA MORDAZA de Mazocruz comunidad de Pasto Grande. F) En la Provincia de Huancane de la MORDAZA del Rio Suches del Distrito de Cojata". "Articulo Tercero: EMPLAZAR a la Presidencia del Consejo de Ministros,

a la Direccion Nacional de Demarcacion Territorial y al Instituto Geografico Nacional el respeto por los limites ancestrales en los procesos de Demarcacion Territorial de la Region Puno". Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 448-2009PCM, del 29 de octubre del 2009, se ha formalizado la Mesa de Trabajo constituida, por acuerdo adoptado el 02 de octubre del 2009 por las autoridades de MORDAZA y MORDAZA reunidos en esta MORDAZA MORDAZA, para tratar la problematica territorial que involucra a estos dos departamentos; y se ha autorizado la participacion de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial (DNTDT) y de la Secretaria de Coordinacion de la Presidencia del Consejo de Ministros en dicha Mesa, como apoyo tecnico y como facilitador con los demas Sectores del Estado. Habiendo intervenido incluso la Defensoria del Pueblo y la Oficina de Gestion de Conflictos Sociales como observadores. MORDAZA que actualmente se encuentra para definir y aprobar por parte de la DNTDT el poligono de trabajo para la tercera salida de campo; que constituye el tercer y ultimo tramo; donde precisamente se encuentra la colindancia interdepartamental a que se refiere el literal E) de la Ordenanza en mencion. Que, con Ley Nº 25361 se crea la Provincia de El Collao, con su capital la MORDAZA de Ilave en la region MORDAZA Tacna MORDAZA, y en su articulo 3º se fijan los limites de dicha provincia, precisando los limites por el Oeste.- "Con las provincias Mariscal MORDAZA y MORDAZA, desde el ultimo lugar nombrado, el limite siguiente una direccion general Norte, lo constituye la divisoria de aguas Sureste de la quebrada Cahuapatja, MORDAZA Ccano, Loma Ccano y la divisoria de aguas que une las cumbres de los cerros Ichipata, Quesllampo, Caraconi, Pacoloma, Vilatajranta, MORDAZA MORDAZA, Pizacunque, MORDAZA, Curuhara, Jachacucho, MORDAZA Milloco, MORDAZA Queunamillo Intivillani, Chopiparque, Pacojahua y Coline, punto de inicio de la presente descripcion". Sin mencionar en ningun extremo a la Comunidad Pasto Grande; Que, en el numeral 7 del articulo 102º de la Constitucion Politica del Peru esta precisado como atribucion del Congreso de la Republica "Aprobar la demarcacion territorial que proponga el Poder Ejecutivo". Es decir, en lo que es demarcacion territorial intervienen el Congreso de la Republica y el Poder Ejecutivo, este ultimo solo propone, dado a que la demarcacion territorial es un MORDAZA tecnico mediante el cual se organiza el territorio a partir de la definicion y delimitacion de las circunscripciones politico-administrativas a nivel nacional; MORDAZA en el cual intervienen la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Regionales a traves de sus areas tecnicas de demarcacion territorial, como asi lo dispone el articulo 5º de la Ley Nº 27795; Que, mediante el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 022-2011-GRP-CRP, el Gobierno Regional de MORDAZA "RECONOCE" los limites ancestrales en la Region Puno; con MORDAZA intencion de desvirtuar o desconocer sus actuales limites territoriales claramente definidos en el articulo 3º de la Ley Nº 25361, que fija los limites de la provincia de El Collao, especialmente en su ultimo extremo cuando se refiere a los limites por el Oeste, en la cual no se menciona en el Distrito de MORDAZA MORDAZA de Mazocruz la comunidad de Pasto Grande. Que, el numeral 2.4 del articulo 2º de la Ley Nº 27795, precisa que los limites territoriales "Son los limites de las circunscripciones politico-administrativas debidamente representadas en Cartografia Nacional, que determina el ambito de jurisdiccion de los diferentes niveles de gobierno". En este mismo numeral se aclara con toda precision que "Estos limites tienen naturaleza distinta a los limites comunales, nativos u otros que reconocen y otorgan derechos de propiedad". En consecuencia, el limite territorial senalado por el lado Oeste de la provincia de El Collao establecido por su Ley de Creacion Nº 25361, es cartointerpretable en el sector colindante entre los distritos de Carumas (Mariscal MORDAZA Moquegua) y MORDAZA MORDAZA (Collao Puno); por cuanto describe textualmente la colindancia de las provincias del Collao y Mariscal Nieto. De manera que los limites que pretende reconocer el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante la Ordenanza Regional aludida solo conlleva a confusion. Demostrando MORDAZA intromision del Consejo Regional de MORDAZA en el MORDAZA de demarcacion territorial que viene ejecutando las areas tecnicas de ambos Gobiernos Regionales con participacion de la

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