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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2012 468918 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Designan responsables de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 121 La Punta, 20 de junio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: El Informe Nº 507-2012-MDLP-OGA/PER de fecha 19 de junio del 2012; emitido por el Director General de Administración; CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado por la Ley de reforma Constitucional Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, y posteriormente modifi cado por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este se pronuncia el Artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, por lo que están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29849 incorpora entre otros, el artículo 8 del Decreto Legislativo 1057 que establece que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso público. La convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004- TR, establece que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Pro empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Dicho artículo, además, señala que los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar; debiendo designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, mediante resolución del titular de la entidad, la cual deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido, resulta necesario designar a los responsables, que se encargarán de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de La Punta al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Estando a lo expuesto en la parte considerativa, con el visto bueno de la Ofi cina General de Administración, y en cumplimiento las funciones que le son atribuidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades. RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, como responsables de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de La Punta al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a los siguientes servidores: • Jacqueline Carreño Bajonero Miembro Titular • Rodolfo Salviz Espinoza Miembro Suplente Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARÁN Alcalde 804500-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la República del Perú y el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) sobre la admisión de la República del Perú en la categoría de Observador Regional del SICA” Entrada en vigencia del “Acuerdo entre la República del Perú y el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) sobre la admisión de la República del Perú en la categoría de Observador Regional del SICA”, hecho el 10 de enero de 2012, en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, ratifi cado por Decreto Supremo Nº 019-2012-RE de fecha 16 de abril de 2012 y publicada el 17 del referido mes. Entró en vigencia el 25 de abril 2012. 805406-1 Entrada en vigencia del “Acuerdo Marco de Asociación Estratégica entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay” Entrada en vigencia del “Acuerdo Marco de Asociación Estratégica entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay” suscrito el 1 de diciembre de 2008, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, ratifi cado por Decreto Supremo Nº 103-2010-RE, de 20 de agosto de 2010, publicado el 21 de agosto de 2010. Entró en vigencia el 2 de junio 2012. 805409-1 Entrada en vigencia del “Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Chile” Entrada en vigencia del “Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Chile”, suscrito el 25 de noviembre de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú, aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 29826 de 15 de diciembre de 2011, publicada el 5 de enero de 2012 y ratificado por Decreto Supremo Nº 003-2012-RE de fecha 13 de enero de 2012, publicado el 14 de enero de 2012. Entrará en vigencia el 14 de julio 2012. 805403-1