Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2012 (02/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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· El 55º Juzgado Penal remitira al 3º Juzgado Penal Liquidador Transitorio la suma de 374 expedientes. · El 56º Juzgado Penal remitira al 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio la suma de 389 expedientes. - DISPONER la redistribucion de expedientes correspondientes a la especialidad familia, conforme se indica a continuacion: · El Juzgado Civil del MORDAZA Este remitira al 2º Juzgado de Familia Transitorio de Ate un total de 700 expedientes. · El 1º Juzgado Mixto de Ate remitira al 1º Juzgado de Familia Transitorio de Ate un total de 1000 expedientes. · El 1º Juzgado Mixto de la Molina-Cieneguilla remitira al Juzgado de Familia Transitorio de la Molina-Cieneguilla un total de 500 expedientes. - DISPONER que el 11º, 12º, 13º y 21º Juzgados de Familia Tutelar de MORDAZA remitan expedientes a sus pares transitorios de la siguiente forma: · El 11º Juzgado de Familia Tutelar remitira 400 expedientes al 1º Juzgado de Familia Tutelar Transitorio, · El 12º Juzgado de Familia Tutelar remitira 400 expedientes al 4º Juzgado de Familia Tutelar Transitorio, · El 13º Juzgado de Familia Tutelar remitira 700 expedientes al 2º Juzgado de Familia Tutelar Transitorio; y, · El 21º Juzgado de Familia Tutelar remitira 700 expedientes al 3º Juzgado de Familia Tutelar Transitorio. - DISPONER que el 1º y 6º Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA remitan expedientes al 1º, 2º y 3º Juzgados Transitorios de Paz Letrado de MORDAZA de la siguiente forma: · El 1º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA remitira 300 expedientes al 2º Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima. · El 1º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA remitira 300 expedientes al 3º Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima. · El 6º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA remitira 200 expedientes al 1º Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Lima. - DISPONER la redistribucion de expedientes entre los Juzgados Contenciosos Administrativos Transitorios, de la siguiente forma: · El 1º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio remitira 244 expedientes al 6º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio. · El 2º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio remitira 175 expedientes al 8º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio. · El 3º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio remitira 182 expedientes al 4º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio. · El 09º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio remitira 283 expedientes al 7º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio. · El 10º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio remitira 302 expedientes al 5º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio. Articulo Segundo.- Para efectos de la redistribucion se tendra en consideracion lo siguiente: - La redistribucion se efectuara en estricto orden secuencial, del mas antiguo al mas reciente. - No se considera en la redistribucion los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior. - No se considera en la redistribucion, los expedientes que han llevado a cabo informe oral y los que se encuentren en etapa de ejecucion. - No se considera en la redistribucion, los expedientes en reserva, ni aquellos expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo. - No se comprende en la redistribucion, los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior. Articulo Tercero.- DISPONER que todos los expedientes a ser redistribuidos deberan de encontrarse con todos sus cuadernos y anexos completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran redistribuidos, bajo responsabilidad del Magistrado remitente.

Articulo Cuarto.- DISPONER que los Jefes de Mesa de Partes de las diferentes sedes mencionadas en el articulo primero, cumplan con recepcionar y redistribuir a traves del sistema donde exista el mismo, los expedientes que son materia de redistribucion. Articulo Quinto.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realice las gestiones pertinentes para la adecuacion del sistema que corresponda, a fin de asegurar la adecuada redistribucion de expedientes; sin perjuicio de las demas coordinaciones que debera efectuar para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta. Articulo Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin que vele por su cumplimiento debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de inobservancia. Articulo Setimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

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Aceptan renuncia y designan magistrados como jueces provisionales y supernumerarios en diversas MORDAZA y juzgados de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 147-2012-P-CSJL/PJ
MORDAZA, 29 de Febrero del 2012 VISTOS: Escritos con registros numeros 9099 y 13723; razones emitidas por la Jefatura de Bienestar Social, Protocolo y Coordinacion Administrativa; y Oficio N° 062-2012-BSCSJLI/PJ ingresado mediante registro numero 13728; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de vistos se pone en conocimiento del Despacho de la Presidencia, el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo N° A-00100010412-2 correspondiente al magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emitido por el Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins ­ Essalud y que cubre el periodo del 18 de febrero al 18 de marzo del ano en curso; por lo que resulta necesario designar al Juez que integrara el colegiado de la Tercera Sala Transitoria Contenciosa Administrativa, mientras dure la licencia del magistrado MORDAZA Gamarra. Que, asimismo, se ha tomado conocimiento que los expedientes ingresados en la Primera Sala Civil de MORDAZA, en materia constitucional son mayores a los procesos civiles propiamente dichos; situacion que amerita la designacion en dicha judicatura, de un magistrado especializado en materia constitucional, ello con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables. Que, conforme ha sido puesto en conocimiento de la comunidad judicial y vista las razones emitidas por las oficinas de Bienestar Social, Protocolo y Coordinacion Administrativa de Presidencia, con fecha 23 de febrero ultimo se ha producido el fallecimiento del doctor MORDAZA MORDAZA Morosini, Juez Titular del 55° Juzgado Penal de Lima. Que, mediante escrito de fecha 31 de enero ultimo, recepcionado con registro numero 9099, la abogada MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula renuncia al cargo de Juez Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA y Cieneguilla, con efectividad a partir del 02 de marzo del presente ano, invocando razones estrictamente personales; solicitud que corresponde ser aceptada.

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