Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2012 (02/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2012

Comunicase al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los 29 del mes de enero de 2010. DANMER MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Gobierno Regional MORDAZA POR TANTO:

Visto en Sesion Ordinaria de Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, de fecha 21 de enero de 2010, el Dictamen Nº 101-2010-CP-RR:NN:GEMA y DC-CR/GRH, de la Comision Permanente de Recursos Naturales, Gestion del Medio Ambiente y Defensa Civil, relacionado al reconocimiento del Ave Korekenke, como ave representativa de la Region MORDAZA, y; CONSIDERANDO:

Mando se publique y cumpla. Que, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia economica y administracion en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 66º de la Constitucion Politica del Estado, establece: "Los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la Nacion. El Estado es soberano en su aprovechamiento", asimismo el articulo 68º de la misma Carta Magna senala: "El Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad Biologica y de las areas naturales protegidas"; Que, el articulo 8º de la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establece como uno de los principios rectores de las politicas y la gestion Regional: "Sostenibilidad.- La gestion regional se caracteriza por la busqueda del equilibrio intergeneracional en el uso de los recursos naturales para lograr los objetivos de desarrollo, la defensa del medio ambiente y la proteccion de la biodiversidad". Asimismo el articulo 53º literal a) de la misma MORDAZA legal senala: "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, (...)"; Que, con Informe Nº 003-2008-VRCA-CR-GR-HCO, de la fecha 20 de noviembre del 2008, el Consejero por la Provincia de Pachitea, informa la conformacion de la expedicion investigadora presidida por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Umari, Ing. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, culturista Numitor MORDAZA, participacion de los senores MORDAZA MORDAZA, Rusdael MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA denominada; "En busca del ave sagrada de Huanuco". Dando como resultado la identificacion del ave sagrada visto por el sr. MORDAZA MORDAZA en el Bosque Monte Potrero-Aquingotu, ave emblema de MORDAZA hoy y MORDAZA tutelar de las civilizaciones Pre Incas puesta de manifiesto en antiguas Kilkas o Arte Rupestre, para luego ser protegido por los Incas denominado "KOREKENKE"; Que, en un Cerro Petreo del lugar Monte Potrero y San MORDAZA, Distrito de Umari, Provincia de Pachitea, se encuentra expresada en arte rupestre, y hoy para los Huanuquenos es ave representativa tanto en la Bandera de MORDAZA y el Logotipo de la Region Huanuco; Que, mediante Dictamen Nº 001-2010-CP-RR.NN. MORDAZA y DC-CR/GRH, de fecha 04 de enero de 2010, emitido por la Comision Permanente de Recursos Naturales, Gestion del Medio Ambiente y Defensa Civil, se aprueba por unanimidad la propuesta normativa; "Declarar el ave Korekenke como ave representativa de la Region Huanuco", con el fin de protegerla y evitar su extincion; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15º, inciso a), 36º,37º literal a) y 38º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 21 de enero de 2010. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 26 dias del mes de febrero del 2010. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Modifican Ordenanza Nº 018-2011GRSM/CR mediante la cual se crea el Comite Consultivo Regional de Turismo de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 029-2011-GRSM/CR
Moyobamba, 9 de diciembre del 2011. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 018-2011GRSM/CR, de fecha 18 de MORDAZA del 2011, se deroga la Ordenanza Regional Nº 029 ­ 2008 ­ GRSM / CR, de fecha 31 de Octubre del 2008, donde se constituye el Consejo Regional de Turismo de San MORDAZA ­ CRT-SM, como MORDAZA instancia coordinadora, propositiva y concertadora de politicas del sector turismo en la Region San MORDAZA y se CREA el "COMITE CONSULTIVO REGIONAL DE TURISMO DE SAN MARTIN" ­ CCRT S.M, sobre la base constitutiva, organizativa y representativa del Consejo Regional de Turismo San Martin; cuyos miembros son las instituciones publicas y organizaciones privadas vinculadas a la actividad turistica en el ambito de la Region San MORDAZA, el cual estara representado por uno Consejo Directivo integrado por un representante de las siguientes Entidades: Presidente: · Un (01) Representante del sector publico (Gerencia Regional de Desarrollo Economico o Direccion de Comercio Exterior y Turismo de San Martin) o un (1) Representante

ORDENANZA, DECLARAR AL AVE KOREKENKE COMO AVE REPRESENTATIVA DE LA REGION MORDAZA
Articulo Primero.- DECLARAR, AL AVE KOREKENKE, como AVE REPRESENTATIVA DE LA REGION MORDAZA Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Recursos Naturales, Gestion del Medio Ambiente y Defensa Civil, la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales.

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