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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de marzo de 2012 461818 Que, en el presente año se ejecutará la Encuesta de Fabricación de Prendas de Vestir en Lima Metropolitana – 2012, que permitirá contar con una base de datos estadística de carácter cuantitativo y cualitativo, y proporcione información precisa sobre las características de la producción a nivel local realizada por las empresas dedicadas a la fabricación de prendas de vestir durante el período 2009 - 2011, lo que hará posible la elaboración de indicadores económicos necesarios para la toma de decisiones; Que, el INEI, en coordinación con el INDECOPI, han determinado las actividades técnicas a ejecutarse, con el propósito de precisar los objetivos de la Encuesta, las características de la información a relevar, la conceptualización de las variables, así como, la defi nición y contenido del formulario a ser utilizado, por lo que resulta pertinente autorizar su ejecución y aprobar el formulario de la citada Encuesta, asì como establecer el período de ejecución de la misma; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la Encuesta de Fabricación de Prendas de Vestir en Lima Metropolitana - 2012, que será ejecutada por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática entre el 1 de marzo y el 30 de abril del 2012. Artículo 2°.- La mencionada Encuesta está dirigida a todas las personas naturales o jurídicas que durante el período 2009 – 2011, desarrollaron alguna de las actividades económicas agrupadas mediante las CIIU 1410: Fabricación de prendas de vestir y la 1430: Fabricación de prendas de vestir de punto y ganchillo a nivel de Lima Metropolitana y que se encuentran seleccionadas en la muestra, a las que podrán acceder en la Página Web del INEI, (www.inei.gob.pe) para obtener información sobre la Encuesta. Artículo 3°- Aprobar el formulario de la Encuesta de Fabricación de Prendas de Vestir en Lima Metropolitana - 2012, que forma parte la presente Resolución. La información será recabada por entrevista directa con el encuestador, que estará debidamente indentifi cado. Artículo 4º.- Las empresas seleccionadas que incumplan con brindar la información solicitada, serán multadas conforme a lo dispuesto en los artículos 87º y 91º del D. S. Nº 043-2001- PCM. El pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada. Artículo 5º.- La información que proporcionen las empresas se mantendrá en estricta reserva, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Título Quinto, Capítulo IV, del secreto estadístico y confi dencialidad de la informaciòn. Regístrese y comuníquese. VÍCTOR ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 758826-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL