Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2012 (02/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2012

Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, como Juez Superior Provisional de la Setima Sala Civil de MORDAZA, a partir del 05 al 07 y del 26 al 30 de marzo del presente ano, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Setima Sala Civil de MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Ordonez MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (T) (P)

Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Vigesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, a partir del 05 al 07 y del 26 al 30 de marzo del presente ano, por la promocion del doctor MORDAZA Villar. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

758813-1

Establecen disposiciones para que diversos organos jurisdiccionales permanentes y transitorios de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA cumplan con efectuar la redistribucion de sus expedientes
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 146-2012-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 28 de febrero del 2012. VISTAS: Las Resoluciones Administrativas Nºs 14-2012-CEPJ y 15-2012-CE-PJ de fecha 26 de enero del 2012 y los informes 02-2012-OAHG-UPD-PJ, 06-2012-LCML-UPD-PJ y 03-2012-JAST-UPD-PJ; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de los Lineamientos de Politica Institucional, orientados fundamentalmente al mejoramiento de la imparticion de justicia en el MORDAZA, por resolucion Administrativa Nº 99-2007-CE-PJ de fecha 16 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Plan Nacional de Descarga Procesal con sus respectivas etapas. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 292008-CE-PJ se establecen medidas en el MORDAZA del Plan Nacional de Descarga Procesal y mediante la Resolucion Administrativa Nº 263-2011-P-CSJLI/PJ de fecha 24 de marzo del 2011 se reconforma la Comision Distrital para la Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, presidida por el Doctor MORDAZA MORDAZA Lama MORDAZA, disponiendose que se adopten las medidas que considere necesarias tendientes al logro de los objetivos de la descarga procesal de los expedientes en tramite. Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 14-2012CE-PJ, publicada el treinta y uno de enero del presente ano, el mismo organo de gestion dispuso en el Articulo MORDAZA de la citada MORDAZA, que los siguientes organos jurisdiccionales en adicion a sus funciones, actuen conforme lo siguiente: a) El 1º Juzgado Penal Liquidador Transitorio de MORDAZA asuma parte de la carga procesal del 54º Juzgado Penal-Reos Libres, b) El 2º Juzgado Penal Liquidador Transitorio de

MORDAZA asuma parte de la carga procesal del 56º Juzgado Penal-Reos Libres y c) El 3º Juzgado Penal Liquidador Transitorio de MORDAZA asuma parte de la carga procesal del 55º Juzgado Penal de Lima. Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 152012-CE-PJ, publicada el treinta y uno de enero del presente ano, el mismo organo de gestion dispuso en el Articulo MORDAZA de la citada MORDAZA, la prorroga de funcionamiento hasta el 30 de MORDAZA del ano en curso de los Organos Jurisdiccionales Transitorios siguientes: Del 1º al 10º Juzgados Contenciosos Administrativos Transitorios, el 1º Juzgado de Familia Transitorio de Ate, el 1º Juzgado de Familia Transitorio de la MORDAZA, el 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados de Familia Tutelar Transitorios de MORDAZA y el 1º, 2º y 3º Juzgado de Paz Letrados Transitorios de Lima. Asimismo, en el Articulo Tercero de la Resolucion Administrativa Nº 15-2012-CE-PJ se dispone el cierre de turno de los Juzgados Contenciosos Administrativos Transitorios, ordenando la redistribucion equitativa de la carga entre los mismos organos transitorios. Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo encargada del seguimiento y monitoreo del MORDAZA de descarga procesal de los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios, analizo la carga procesal de los organos jurisdiccionales mencionados en los considerandos precedentes, elaborando los Informes Nº 02-2012OAHG-UPD-PJ y 06-2012-LCML-UPD-PJ, en los cuales se concluye que existe una sobrecarga procesal en los juzgados permanentes lo cual hace dificil la tramitacion de expedientes en tramite, recomendando la redistribucion del exceso de carga procesal en tramite; asi tambien se elaboro el informe Nº 03-2012-JAST-UPD-PJ el cual recomienda la redistribucion de la carga procesal de los Juzgados Transitorios Contenciosos Administrativos entre si; respecto a este ultimo es de precisar que si bien a la fecha existen Juzgados Transitorios Contenciosos Administrativos especializados en temas previsionales, es decision de la Presidencia disponer la redistribucion de dicha carga (previsional) entre todos los Juzgados Transitorios, ello en merito al mandato contenido en el articulo tercero de la Resolucion Administrativa Nº 15-2012-CE-PJ. Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, conforme a las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, considera pertinente que la carga procesal que sera objeto de remision cumpla con los parametros establecidos, adoptando las medidas necesarias a fin de que coadyuven con la descarga procesal y en consecuencia se brinde un eficiente servicio de Administracion de Justicia. Que, la remision de expedientes se realiza ante la publicacion de la Resolucion Administrativa Nº 015-2012CE-PJ la cual prorroga hasta el 30 de MORDAZA del 2012 el funcionamiento de los Juzgados Transitorios, por lo que teniendo presente la culminacion del periodo vacacional, la redistribucion de expedientes debera efectuarse en un plazo razonable que posibilite su culminacion, bajo responsabilidad de los Magistrados remitentes. Asimismo, los expedientes judiciales que no MORDAZA remitidos en el plazo establecido, deberan de continuar su tramite ante el organo jurisdiccional permanente, hasta nueva disposicion. Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo debera de realizar las coordinaciones y monitoreo de la redistribucion debiendo de tener en cuenta los considerandos precedentes. Que, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, conforme a sus atribuciones, debera velar por el fiel cumplimiento de los alcances de la presente resolucion. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por Articulo 90º incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que los siguientes Organos Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios cumplan con efectuar la redistribucion de sus expedientes hasta el 16 de marzo del presente ano, conforme se detalla a continuacion: - DISPONER que el 54º, 56º y 55º Juzgados Penales de MORDAZA redistribuya su carga procesal conforme se indica a continuacion: · El 54º Juzgado Penal remitira al 1º Juzgado Penal Liquidador Transitorio la suma de 391 expedientes.

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