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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de marzo de 2012 462114 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, por necesidad del servicio, se ha visto por conveniente designar al miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión - IRTP; aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2001-ED, modifi cado por Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Jorge Luis Acevedo Rojas, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 760649-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 064-2012-PCM Lima, 6 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, por necesidad del servicio, se ha visto por conveniente designar al miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión - IRTP; aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2001-ED, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Hugo David Aguirre Castañeda, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 760649-3 AGRICULTURA Designan Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0076-2012-AG Lima, 5 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0461-2011- AG, se designó al señor César Armando Romero como Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo. Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada y designar a la persona que desempeñe dicho cargo; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor César Armando Romero como Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor José Alberto Muro Ventura en el cargo de Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 760323-1 AMBIENTE Disponen la publicación de la propuesta de Reglamento de la Ley Nº 29811, Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Producción de Organismos Vivos Modificados al Territorio Nacional por un período de 10 años, en el portal web del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2012-MINAM Lima, 5 de marzo de 2012 Visto, el Informe Nº 041-2012-DGDB/VMDERN/ MINAM 22 de febrero de 2012, de la Dirección General de Diversidad Biológica del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, cuyo objetivo es la conservación del ambiente,