Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2012 (07/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462125

empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en los Informes No. 073-2012-MTC/12.04 y No. 037-2012-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29812, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lolli Del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Salmeron Indacochea, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran del 13 al 16 de marzo, a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA y del 16 al 23 de marzo de 2012 a la MORDAZA de Rostov, Federacion de Rusia, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte
Codigo: F-DSA-P&C-002

integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 073-2012-MTC/12.04 y No. 037-2012MTC/12.04. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Servicios Aereos de los Andes S.A.C. y AEROLIFT S.A.C., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revision: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes

RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 13 AL 23 DE MARZO DE 2012 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 037-2012-MTC/12.04 Y Nº 073-2012-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº 372-2012MTC/12.04 373-2012MTC/12.04 INICIO 13-Mar FIN 16-Mar VIATICOS (US$) US$ 660.00 US$ 1,820.00 SOLICITANTE Servicios Aereos de los Andes SAC AEROLIFT SAC INSPECTOR Lolli Del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Salmeron Indacochea, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA EUA DETALLE Chequeo de refresco en simulador de vuelo del equipo AS-350, a su personal aeronautico Chequeo tecnico Inicial en simulador de vuelo del equipo MI8T, a su personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 1769-1770

16-Mar

23-Mar

Rostov

Rusia

1505-1506

759696-2

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Dictan disposiciones para la obtencion periodica o al termino de actividades, de Certificados de Inspeccion o Supervision, por parte de agentes que desarrollan actividades en la industria del gas natural, a fin de mantener o cancelar su inscripcion en el Registro de Hidrocarburos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 030-2012-OS-CD MORDAZA, 23 de febrero de 2012 VISTO: El Memorando Nº GFGN/ALGN-109-2012 de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural.

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos, OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de caracter general; Que, segun lo dispuesto en el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2010EM a traves del cual se transfiere a OSINERGMIN el Registro de Hidrocarburos, senala que el citado organismo es el encargado de administrar, regular y simplificar el Registro de Hidrocarburos; Que, al respecto, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 136-2011-OS/GG se aprobo la "Estrategia para la Implementacion de Mejoras en los procedimientos vinculados al Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN" la cual fue dividida en tres etapas: la primera de ellas estuvo dirigida a desarrollar propuestas para la optimizacion de los requisitos establecidos en los procedimientos administrativos vigentes destinados a la inscripcion y modificacion del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN, asi como a la obtencion de los Informes Tecnicos Favorables u Opiniones Tecnicas Favorables

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