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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2012 462678 dirigirlos al Ministro de Relaciones Exteriores, para su oportuna remisión al Órgano de Control Institucional, dentro de los plazos que corresponda. 11. Todas las demás funciones contenidas en la “Guía para la Implementación del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado” aprobada por Resolución de Contraloría General Nº 458- 2008-CG. El Vicepresidente y coordinador del Comité efectuará las gestiones del caso con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) para que dicha institución elabore un Sistema de Control Interno análogo y para que ésta reporte los avances en su ejecución y evaluación, para implementar el Sistema de Control Interno. Firma en señal de conformidad en la ciudad de Lima, el día 14 de marzo de 2012. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 764795-1 SALUD Aprueban la Guía Técnica para la Valoración Nutricional Antropométrica de la Persona Adulta RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2012/MINSA Lima, 14 de marzo del 2012 Visto el Expediente Nº 09-094284-001, que contiene los Ofi cios Nºs. 1207 y 1645-2011-J-OPE/INS del Instituto Nacional de Salud y los Ofi cios Nºs. 946 y 6262-2011- DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la protección de la salud es de interés público; por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud; Que, asimismo, el artículo 34º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, señala que el Instituto Nacional de Salud, organismo público ejecutor del Ministerio de Salud, es el encargado de proponer políticas y normas, entre otros, en el campo de la alimentación y nutrición, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población; Que, mediante el documento del visto, el Instituto Nacional de Salud propone para su aprobación el proyecto de “Guía Técnica para la Valoración Nutricional Antropométrica de la Persona Adulta”, la cual tiene por fi nalidad contribuir a la protección del estado de salud de las personas adultas, mediante la valoración nutricional antropométrica en la atención integral de salud; Estando a lo propuesto por el Instituto Nacional de Salud; Con el visado del Jefe del Instituto Nacional de Salud, de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la GUÍA TÉCNICA PARA LA VALORACIÓN NUTRICIONAL ANTROPOMÉTRICA DE LA PERSONA ADULTA, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición; en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas, la difusión, supervisión y evaluación de lo dispuesto en la citada Guía Técnica. Artículo 3º- Disponer que las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el nivel regional, sean las responsables del cumplimiento y aplicación de la Guía Técnica precitada, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 764805-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan responsables de brindar información solicitada al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” al amparo de la Ley Nº 27806 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 021-2012-DVMPEMPE/TP Lima, 2 de marzo de 2012 VISTO; El Informe Nº 083-2012-DVMPEMPE/TP-UAL de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo, desarrollar capacidades productivas y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005 – Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria; Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisiciones de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicable al Programa “Construyendo Perú” continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa, precisándose