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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2012 (17/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2012 462688 Que, la Ley Nº 29325 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece en su primera disposición complementaria fi nal, que mediante Decreto Supremo se establecerán las entidades cuyas funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental serán asumidas por el OEFA, así como el cronograma para la transferencia del respectivo acervo documentario, personal, bienes y recursos, de cada una de las entidades; Que, el Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM – Decreto Supremo que aprueba el inicio del proceso de transferencia en materia ambiental de los Sectores Industria y Pesquería, del Ministerio de la Producción al OEFA, establece en su artículo 2º que se conformará la Comisión de Transferencia que apoyará dicho proceso de transferencia; y, señala en su artículo 3º un plazo máximo de cuatro (4) meses, para que el Ministerio de la Producción transfi era al OEFA las funciones antes referidas del Sector Pesquería, señalando que dentro del plazo establecido, el Consejo Directivo del OEFA luego de acordar con el Ministerio de la Producción los aspectos objeto de la transferencia, emitirá la resolución correspondiente a ésta y la que determine la fecha en la cual el OEFA asumirá dichas funciones; precisando que el citado plazo podrá ser ampliado por resolución del Consejo Directivo del OEFA; Que, mediante Resoluciones del Consejo Directivo Nºs. 007 y 009-2011-OEFA/CD se amplió hasta el 2 de marzo de 2012, el plazo para concluir el proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del Sector Pesquería, del Ministerio de la Producción al OEFA; Que, de conformidad con las Actas Nºs. 001 y 002- 2012-CTPO de Vistos, la Comisión de Transferencia antes referida acordó los aspectos que serán objeto de transferencia del Ministerio de la Producción al OEFA, por lo que corresponde al Consejo Directivo del OEFA aprobar tales aspectos y determinar la fecha en que el OEFA asumirá las funciones comprendidas en dicha transferencia; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del OEFA de fecha 9 de marzo de 2012, se adoptó el Acuerdo Nº 003-2012 por el cual se aprobaron los aspectos que serán objeto de transferencia del Ministerio de la Producción al OEFA en el marco del Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM, y en Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del OEFA de fecha 16 de marzo de 2012, se adoptó el Acuerdo Nº 04-2012 por el que se determina que el OEFA asumirá las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental del Sector Pesquería, a partir del 16 de marzo de 2012; por lo que resulta pertinente emitir la presente resolución; Estando a lo manifestado en los documentos de Vistos, con el visado de la Secretaría General, de los órganos de línea y de las Oficinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con las normas citadas precedentemente, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los incisos a) y n) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de los aspectos objeto de transferencia. Aprobar los aspectos que son objeto de transferencia en materia ambiental del Sector Pesquería, del Ministerio de la Producción al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, referidos en las Actas Nºs. 001 y 002-2012- CTPO de la respectiva Comisión de Transferencia, los mismos que en calidad de anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Determinación de la fecha en que el OEFA asumirá las funciones objeto de transferencia. Determinar que el 16 de marzo de 2012 será la fecha en que el OEFA asumirá las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental, del Sector Pesquería del Ministerio de la Producción. Artículo 3º.- Publicación. Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el portal institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (www.oefa.gob.pe). La Secretaría General solicitará al Ministerio del Ambiente y al Ministerio de la Producción, la publicación de la presente resolución en sus portales institucionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIKELO NOVA HEREDIA DIAZ Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 765492-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan Gerente de Imagen y Relaciones Públicas de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 043-2012-SUNARP/SN Lima, 15 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal n) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-202-JUS y el literal n) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 139- 2002-JUS; es atribución del Superintendente Nacional designar los cargos de confi anza y nombrar, contratar, suspender, remover o cesar al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio; Que, de conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley se efectúa mediante resolución ministerial o del titular de la entidad correspondiente; Que, mediante Resolución del Superintendente Adjunto de los Registros Públicos Nº 092-2011- SUNARP/SA, se designó al señor Enrique Álvarez Calderón Alzamora, en el cargo de Gerente de Imagen y Relaciones Públicas de la Sede Central de la SUNARP; siendo que, el artículo tercero de la Resolución precedente establece que, al concluir su designación el citado trabajador retornará a su cargo de origen como Jefe de la Ofi cina de Imagen Institucional de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima; Que, resulta conveniente designar al funcionario que ocupará dicho cargo de confi anza; De conformidad con las Leyes Nº 27594 y Nº 26366, el Reglamento de Organización y Funciones y Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP; y con cargo a dar cuenta al Directorio; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir del 19 de marzo de 2012, la designación del señor Enrique