Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2012 (17/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de marzo de 2012

aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 578-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 09 de diciembre de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza MORDAZA de 131,00 m², ubicado colindante al lindero de fondo del lote 09 de la manzana A con frente a la MORDAZA El Engranaje (antes MORDAZA A) de la urbanizacion industrial La MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo anterior, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese.RAQUEL ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 764787-2

Rectifican area, linderos y medidas perimetricas de predio de propiedad del Estado ubicado en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 019-2012/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 27 de febrero de 2012 Visto el Expediente Nº 309-2010/SBN-JAR, sustentatorio de la Resolucion Nº 300-2010/SBN-GOJAR, de fecha 11 de noviembre de 2010; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 300-2010/SBN-GOJAR de fecha 11 de noviembre de 2010, la ex Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones dispuso la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 31 464,27 m², ubicado a la altura del Km. 56 de la carretera Panamericana Sur, margen derecha rumbo a MORDAZA, entre los balnearios de Naplo y Quipa, distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 12627346 del Registro de Predios de MORDAZA y anotado con Registro SINABIP Nº 17317 correspondiente al departamento de Lima; Que, la senora MORDAZA Porcella Gnecco, copropietaria del predio de 14 380,00 m², inscrito en la Partida Nº 42391115 del Registro de Predios de MORDAZA, con documento de fecha 09 de diciembre de 2010, comunico de las gestiones que venia realizando para lograr la exacta ubicacion de su propiedad, a traves de la inscripcion del Certificado Unico Catastral (CUC) Nº 46157451; solicitando se pida la tacha de la solicitud de inmatriculacion asi como la modificacion de la resolucion de inmatriculacion, al encontrarse superpuesta en su integridad con el predio del Estado; Que, con Oficio Nº 16264-2010/SBN-GO-JAR de fecha 17 de diciembre de 2010, la ex Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones solicito a la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA informe si la Oficina de Catastro habia recibido el Oficio Nº 530-2010-SNCP/ST de 2 de noviembre de 2010, por el cual la Secretaria Tecnica del SNCP comunicaba la asignacion del CUC Nº 46157451, y si dicha oficina se habia pronunciado sobre su contenido;

Que, con Oficio Nº 0110-2011-SUNARP-Z.R.NºIX/GPI de fecha 17 de enero de 2011, la Oficina de los Registros Publicos informa que con el Titulo Nº 946538-2010 de fecha 14 de diciembre de 2010, se habia ingresado la solicitud de inscripcion del CUC, para la correcta georeferenciacion del predio inscrito en la Partida Nº 42391115; Que, el senor MORDAZA MORDAZA Capurro de la MORDAZA, en calidad de copropietario del predio descrito en el MORDAZA considerando, con carta de fecha 24 de febrero de 2011, solicito se respete su propiedad y se pida la tacha del Titulo Nº 942543 ­ 2010, ingresado con fecha 13 de diciembre de 2010; Que, con Oficio Nº 3025-2011/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de marzo de 2011, se informo a la recurrente que con fecha 03 de marzo de 2011 se habia inscrito la Resolucion descrita en el primer considerando, en la Partida Nº 12627346 del Registro de Predios de Lima. Asimismo, se deja en MORDAZA que la SBN realizaria las rectificaciones que MORDAZA necesarias, una vez que la parte interesada demuestre, mediante documentacion tecnico legal certera, avalada por el Registro de Predios de MORDAZA, que el predio de su propiedad esta involucrado dentro de los linderos del predio inscrito a favor del Estado; Que, con Informe Nº 494-2011/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 10 de MORDAZA de 2011, elaborado por profesionales de esta Subdireccion, se concluyo que no se contaba con argumentos tecnicos legales ni con documentacion tecnica adecuada para formular oposicion al tramite de saneamiento registral catastral; Que, con Oficio Nº 102-2011-SUNARP-Z.R.Nº IX/Sede MORDAZA GPI-IR14º de fecha 9 de junio de 2011, el Registrador Publico de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, comunico que al MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 28294, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006JUS, con el Titulo Nº 946538 de fecha 14 de diciembre de 2010, se habia extendido la anotacion preventiva del saneamiento catastral y registral del predio de 14 380,00 m², inscrito a favor de terceros en la Partida Nº 42391115 del Registro de Predios de Lima; Que, con Proveido Nº 496-2011/SBN-DGPE recibido el 12 de agosto de 2011, la Direccion de Gestion de Patrimonio Estatal manifesto su disconformidad con el contenido del Informe Nº 494-2011/SBN-DGPE-SDAPE asi como con la documentacion remitida, senalado que ante imposibilidad de determinar la ubicacion del predio, correspondia presentar oposicion. Ademas, que las coordenadas geograficas eran un elemento de mayor exactitud que la descripcion geografica, por lo que dispuso se formule la oposicion correspondiente; Que, con Oficio Nº 8553-2011/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de agosto de 2011, esta Subdireccion se adhiere a la oposicion formulada por Inversiones Breca S.A., al procedimiento de saneamiento catastral y registral, sobre la base del argumento sostenido por la Direccion de Gestion de Patrimonio Estatal; Que, con Resolucion de Gerencia Nº 413-2011SUNARP-ZRIX/GR de fecha 15 de agosto de 2011 se dispuso la inscripcion definitiva del Certificado Unico Catastral (CUC), anotado preventivamente en la Partida Nº 42391115 del Registro de Predios de MORDAZA, dentro del Procedimiento de Saneamiento Catastral Registral, quedando firme con la Resolucion Nº 1940-2011SUNARP-TR-L de fecha 21 de octubre de 2011, que desestimo el recurso de apelacion presentado por esta Subdireccion con fecha 05 de setiembre de 2011; Que, la inscripcion definitiva del CUC del predio inscrito en la Partida Nº 42391115 del Registro de Predios de MORDAZA, se encuentra comprendida parcialmente dentro del predio del Estado, inscrito en la Partida Nº 12627346 del Registro de Predios de Lima; Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas corresponde a esta Subdireccion disponer la modificacion de la Resolucion Nº 300-2010/SBN-GO-JAR de fecha 11 de noviembre de 2010, excluyendo el area superpuesta con el predio inscrito en la Partida Nº 42391115 del Registro de Predios de Lima; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a sustentar y

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