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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2012 (17/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2012 462680 Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se estableció el procedimiento para homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control ofi cial de los límites máximos permisibles de emisiones contaminantes para vehículos automotores, cuyo artículo 12º prevé el procedimiento de renovación de la homologación; Que, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.R.L. obtuvo mediante Resolución Directoral Nº 002-2003- VIVIENDA-OMA de fecha 19 de febrero de 2003, la homologación de los equipos para medición de emisiones vehiculares: Analizador de Cuatro Gases, marca AVL, modelo DIGAS 4000, con Código de Homologación H- G-001-2002-VIVIENDA-OMA; Opacimetro, marca AVL, modelo DISMOKE 4000, con Código de Homologación H- D-001-2002-VIVIENDA-OMA; y, del Analizador de Gas y Opacimetro, marca AVL, modelo DICOM 4000 con Código de Homologación H-G-D-001-2002-VIVIENDA-OMA, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en igual sentido la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.R.L., obtuvo mediante Resolución Directoral Nº 061-2005-MTC/16 de fecha 18 de octubre de 2005, la primera renovación de la homologación de los equipos Analizador de Cuatro Gases, marca AVL, modelo DIGAS 4000, con Código de Homologación H- G-001-2002-VIVIENDA-OMA; Opacimetro, marca AVL, modelo DISMOKE 4000, con Código de Homologación H- D-001-2002-VIVIENDA-OMA; y, del Analizador de Gas y Opacimetro, marca AVL, modelo DICOM 4000 con Código de Homologación H-G-D-001-2002-VIVIENDA-OMA, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en igual sentido, mediante Resolución Directoral Nº 0106-2007-MTC/16 de fecha 27 de noviembre de 2007, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.R.L., obtuvo la segunda renovación de la homologación de los equipos Analizador de Cuatro Gases, marca AVL, modelo DIGAS 4000, con Código de Homologación G(R)-013-2007-DGASA-MTC; Opacimetro, marca AVL, modelo DISMOKE 4000, con Código de Homologación D(R)-007-2007-DGASA-MTC; y, del Analizador de Gas y Opacimetro, marca AVL, modelo DICOM 4000 con Código de Homologación D-G-002-2007-DGASA-MTC, cuyo plazo se extendió por el período de dos años, contados a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con Resolución Directoral N° 004-2010-MTC/16, de fecha 11 de enero de 2010 la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.R.L. obtuvo la tercera renovación de la homologación de los equipos Analizador de Cuatro Gases, marca AVL, modelo DIGAS 4000, con Código de Homologación G(R)-013-2007-DGASA-MTC; Opacimetro, marca AVL, modelo DISMOKE 4000, con Código de Homologación D(R)-007-2007-DGASA-MTC; y, del Analizador de Gas y Opacimetro, marca AVL, modelo DICOM 4000 con Código de Homologación D-G-002- 2007-DGASA-MTC; Que, con el documento de vistos, la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.A.C. solicita la renovación de la vigencia de homologación de los equipos detallados en el considerando precedente, por lo que de la evaluación técnica y legal efectuada se han emitido los Informes Nº 007-2012-MTC/16.01.odet y N° 010-2012-MTC/16.CIM, respectivamente, en los que se desprende que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la declaración jurada exigida en la que consta que se mantiene la condición de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modifi cación de las características técnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC y Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la renovación de la vigencia de homologación de los equipos: Analizador de Cuatro Gases, marca AVL, modelo DIGAS 4000, con Código de Homologación G(R)-013-2007-DGASA-MTC; Opacimetro, marca AVL, modelo DISMOKE 4000, con Código de Homologación D(R)-007-2007-DGASA; y, del Analizador de Gas y Opacimetro, marca AVL, modelo DICOM 4000 con Código de Homologación D-G-002-2007-DGASA- MTC, a favor de la empresa SISTEMA AUTOMOTRIZ S.A.C. Esta aprobación tendrá una vigencia de dos (02) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- Los Certifi cados de los Equipos Homologados para la medición de emisiones vehiculares Nº 026, correspondiente al Código de Homologación Nº G(R)-013-2007-DGASA-MTC, el Nº 25 al Código de Homologación Nº D(R)-007-2007- DGASA, y el Nº 27 al Código de Homologación Nº D-G-002-2007-DGASA-MTC expedidos por la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, mantienen su vigencia por un período de dos (02) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- El uso de los equipos homologados para el control ofi cial de los límites máximos permisibles, requerirá de la previa autorización de uso, emitida por esta Dirección General, de conformidad con los artículos 15º y siguientes del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC. Artículo 4º.- El titular está obligado a comunicar los cambios o modifi caciones que puedan sufrir los presentes modelos de equipos en su conformación o funcionamiento, así como en la información presentada para esta aprobación, pudiendo ser revocada conforme a Ley. Comuníquese, regístrese y publíquese. URSULA QUINTANA CASTELLANOS Directora General Dirección General de Asuntos Socio Ambientales 759698-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos de naturaleza rústica ubicados en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 013-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 27 de febrero de 2012 Visto, el Expediente Nº 286-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 652,04 m², ubicado colindante al lindero de fondo de los lotes 02 y 03 de la manzana A, con frente a la calle El Engranaje (antes Calle A) de la urbanización industrial La Milla, en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y