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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2012 (18/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de marzo de 2012 462719 embarcación pesquera de los listados a que se refi ere el artículo 14º del reglamento de la Ley General de Pesca, hasta que se solicite su reincorporación; Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98- PE, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, establece que la transferencia del permiso de pesca de embarcaciones bajo el Régimen de la Ley Nº 26920, se efectuará conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante Resolución Directoral Nº124-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 20 de febrero del 2009, se reconoció el permiso de pesca a favor de los señores JULIO PUESCAS FIESTAS y BALBINA LLENQUE VDA. DE PUESCAS, para operar la embarcación pesquera ANA ROSA de matrícula PL-18661-CM de 65.24 m3 de capacidad de bodega, con acceso a los recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto, sardina y jurel y caballa para consumo humano directo, otorgado por acto administrativo fi cto el 4 de enero de 2008; precisándose que la referida embarcación debe hacer uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm y 38 mm) según corresponda; en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa ara el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, la embarcación pesquera ANA ROSA de matrícula PL-18661-CM con 65.24 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente del Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 347-2011-PRODUCE; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifi quen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcación debe mantener implementado y operativo el medio de preservación a bordo, siendo obligatorio para el presente caso como mínimo el uso de cajas con hielo; Que, a través de los escritos con registro del visto el señor JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS y señora BALBINA LLENQUE VDA. de PUESCAS, solicitan el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera ANA ROSA de matricula PL-18661-CM, formulando su solicitud de acuerdo al Procedimiento Nº 7 del Texto único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modifi catorias; Que, conforme a información registrada en SUNARP en la Partida Nº 11123256 del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Ofi cina Registral de Chiclayo, se encuentra inscrita la embarcación pesquera ANA ROSA de matrícula PL-18661-CM a nombre de BALBINA LLENQUE Vda. DE PUESCAS, BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS casada con JULIO PUESCAS FIESTAS, conforme también se advierte en el Certifi cado Compendioso de Dominio, además no cuentan con cargas y/o gravámenes inscrito a la fecha; Que, asimismo, mediante Memorando Nº 01388- 2011-PRODUCE/OEC de fecha 02 de diciembre de 2011, la Ofi cina de Ejecución Coactiva ha informado que la embarcación ANA ROSA de matrícula PL-18661-CM, a la fecha no registra deuda, cuya ejecución se encuentre tramitando en la citada ofi cina; Que, por lo expuesto, habiendo cumplido con presentar los requisitos establecidos para el Procedimiento Nº 7 del Texto único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modifi catorias, corresponde aprobar el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera ANA ROSA de matrícula PL- 18661-CM, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, Informe Técnico Nº 988709- 20111-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe Nº 1503-2011- PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal Nº 1341-2011- PRODUCE/DGEPP; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS y señora BALBINA LLENQUE VDA. de PUESCAS, el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera ANA ROSA de matrícula PL-18661-CM en los mismos términos y condiciones que fueron otorgados mediante Resolución Directoral Nº 124- 2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera ANA ROSA de matrícula PL-18661-CM otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 124-2009-PRODUCE/DGEPP. Artículo 3º.- Incorporar al señor JULIO PUESCAS FIESTAS casado con BEATRIZ LLENQUE DE PUESCAS y señora BALBINA LLENQUE VDA. de PUESCAS como nuevos titulares del permiso de pesca de la embarcación pesquera ANA ROSA de matrícula PL-18661 -CM en el Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 347-2011- PRODUCE. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www. produce. gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIX ALVAREZ VELARDE Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 765494-1 Otorgan permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras de cerco, a favor de diversas personas jurídicas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2012-PRODUCE/DGEPP Lima, 11 de enero del 2012 VISTO, el escrito con Registro Nº 00099169-2011 de fecha 23 de noviembre de 2011, presentado por don JAVIER GARCIA LOCATELLI, con domicilio legal en Calle Lord Nelson Nº 359 distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, en representación de la empresa SERVICIOS ATUNEROS DEL NORTE S.A. CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del Artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o jurídicas, requerirán del permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Artículo 47º de dicha norma establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuarán sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiológicos por la fl ota existente en el país, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en la legislación interna sobre preservación y explotación de los recursos hidrobiológicos y sobre los procedimientos de inspección y control, para lo