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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2012 (23/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2012 462946 la Municipalidad Distrital de Sina en la provincia de San Antonio de Putina, el Acta de Adhesión aprobada por el Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal de la Amazonía de Puno; la Ordenanza Municipal Nº 001-2012- MDS-P, de la Municipalidad Distrital de Sina en la provincia de San Antonio de Putina; y el Informe Nº 020-2012–PCM/ SD-OGI-VQA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 512-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal de la Amazonía de Puno”, integrada por Municipalidades Distritales de San Juan del Oro, San Pedro de Putina Punco, Yanahuaya, Alto Inambari y Quiaca, en la provincia de Sandia, departamento de Puno, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 9°, establece el procedimiento de adhesión de una municipalidad a una mancomunidad municipal ya constituida; Que, con Ofi cio de vistos, se solicita la adhesión de la Municipalidad Distrital de Sina en la provincia de San Antonio de Putina a la Mancomunidad Municipal de la Amazonía de Puno, acompañando el Informe Técnico de Viabilidad, Acta de Sesión de Consejo Directivo y Ordenanza Municipal Nº 001-2012-MDS-P de la referida municipalidad distrital; Que, acorde con el Informe Nº 020-2012–PCM/SD-OGI- VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de adhesión, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 9° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción, en el Registro de Mancomunidades Municipales, de la adhesión de la Municipalidad Distrital de Sina en la provincia de San Antonio de Putina a la Mancomunidad Municipal de la Amazonía de Puno; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de Adhesión Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la adhesión de la Municipalidad Distrital de Sina en la provincia de San Antonio de Putina a la Mancomunidad Municipal de la Amazonía de Puno. Artículo 2º.- Registro de Anexos Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, el Acta de Sesión de Consejo Directivo y la Ordenanza Municipal que ratifi ca la Adhesión de la Municipalidad Distrital de Sina en la Provincia de San Antonio de Putina a la Mancomunidad Municipal de la Amazonía de Puno. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 4º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NÁJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 767615-1 AGRICULTURA Delegan facultades para designar titulares y suplentes de cuentas bancarias de Unidades Ejecutoras en los Directores Ejecutivos y/o Jefes de Proyectos Especiales y Programas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0093-2012-AG Lima, 9 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General. Asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley acotada refi ere que las modifi caciones presupuestarias en el nivel programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a lo señalado en el artículo 50º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2007-EF-77.15, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, a fi n de dar una mayor fl uidez a la marcha administrativa, es conveniente efectuar las delegaciones a los titulares de los Programas y Proyectos Especiales la facultad de designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias a cargo de cada una de las Unidades Ejecutoras; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en los Directores Ejecutivos de los Proyectos Especiales que se mencionan a continuación, la facultad de designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias que maneja cada Unidad Ejecutora a su cargo, para el año fi scal 2012: 1. Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes - Unidad Ejecutora 014 2. Proyecto Especial Jequetepeque Zaña - Unidad Ejecutora 015 3. Proyecto Especial Sierra Centro Sur - Unidad Ejecutora 016 4. Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - Unidad Ejecutora 017