Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2012 (23/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de marzo de 2012

presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

Articulo 1.- Modificar el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 0050-2012-ED el mismo que quedara redactado de la forma siguiente: "Articulo 1.- Formalizar la creacion de la Unidad Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, en el Pliego 010: Ministerio de Educacion." Articulo 2.- Designar al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, como funcionario responsable de la Unidad Ejecutora creada en el articulo precedente, quien tiene las facultades y responsabilidades establecidas en los articulos 2, 3 y 4 de la Resolucion Ministerial Nº 0023-2012-ED. Articulo 3.- Dejar sin efecto los articulos 2 y 3 de la Resolucion Ministerial Nº 0050-2012-ED. Articulo 4.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los cinco (05) dias siguientes a su emision. Registrese, comuniquese y publiquese.

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EDUCACION
Modifican R.M. Nº 0050-2012-ED en el sentido que la Unidad Ejecutora 117 se denominara Programa Nacional de Becas y Credito Educativo y designan funcionario responsable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0109-2012-ED
MORDAZA, 21 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0050-2012ED se formalizo la creacion de la Unidad Ejecutora 117: Oficina de Becas y Credito Educativo en el Pliego 010: Ministerio de Educacion; Que, mediante Ley Nº 29837, se crea el Programa Nacional de Becas y Credito Educativo y su MORDAZA Disposicion Complementaria Final dispone que la Direccion General de Presupuesto Publico cree la Unidad Ejecutora "Programa Nacional de Becas y Credito Educativo"; Que, en virtud a lo senalado en el considerando precedente, la Oficina de Becas y Credito Educativo, mediante Memorandum Nº 233-2012-MED-VMGI-OBEC, solicito a la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion el cambio de denominacion de la Unidad Ejecutora 117: Oficina de Becas y Credito Educativo a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley citada en el considerando precedente; Que, mediante Oficio Nº 104-2012-ME-DM este Ministerio solicito a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas se sirva disponer se proceda a la adecuacion y/o modificacion de la denominacion y codificacion de la Unidad Ejecutora 117: Oficina de Becas y Credito Educativo en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 29837; Que, la Direccion General de Presupuesto Publico, con Oficio Nº 180-2012-EF/50.06. remitio MORDAZA del Memorando Nº 043-2012-EF/50.03, mediante el cual comunico a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, la modificacion de la denominacion de la Unidad Ejecutora Nº 117 a "Programa Nacional de Becas y Credito Educativo", conforme a lo solicitado por este Ministerio; Que, con el Informe Nº 099-2012-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, recomienda formalizar la creacion de la Unidad Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Credito Educativo, dejandose sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0050-2012-ED; De conformidad con la Ley Nº 29837, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema de Presupuesto, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion y sus modificatorias;

MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion

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ENERGIA Y MINAS
Aprueban Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion 2012
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2012-MEM/DM
MORDAZA, 22 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Nacional suscrito con fecha 22 de MORDAZA de 2002, constituye el conjunto de politicas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del dialogo y del consenso con el definir un rumbo para el desarrollo sostenible del MORDAZA y afirmar su gobernabilidad democratica; Que, la Vigesima Sexta Politica de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promocion de la etica, la transparencia y erradicacion de la corrupcion, el MORDAZA de dinero, la evasion tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos, el compromiso de velar por el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupcion, que elimine las practicas violatorias del orden juridico, incluyendo el trafico de influencias, el nepotismo, el narcotrafico, el contrabando, la evasion tributaria y el MORDAZA de dinero, y regular la funcion publica para evitar su ejercicio en funcion de intereses particulares; Que, la Ley N° 27658 ­ Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, establece como finalidad fundamental del MORDAZA de modernizacion, la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestion, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, con mecanismos de control efectivos; Que, el numeral 11 del articulo 2º del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, define y establece entre las Politicas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, la Politica Anticorrupcion, en merito de la cual el Estado busca fortalecer la lucha contra la corrupcion en las licitaciones, las adquisiciones y la fijacion de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia y la rendicion de cuentas; promover, a traves de sus acciones y comunicaciones la Etica Publica; y fomentar la participacion ciudadana en la vigilancia y control de la gestion publica;

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