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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2012 462956 presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 767900-3 EDUCACION Modifican R.M. Nº 0050-2012-ED en el sentido que la Unidad Ejecutora 117 se denominará Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y designan funcionario responsable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0109-2012-ED Lima, 21 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0050-2012- ED se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 117: Ofi cina de Becas y Crédito Educativo en el Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, mediante Ley Nº 29837, se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo y su Segunda Disposición Complementaria Final dispone que la Dirección General de Presupuesto Público cree la Unidad Ejecutora “Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo”; Que, en virtud a lo señalado en el considerando precedente, la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo, mediante Memorándum Nº 233-2012-MED-VMGI-OBEC, solicitó a la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación el cambio de denominación de la Unidad Ejecutora 117: Ofi cina de Becas y Crédito Educativo a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley citada en el considerando precedente; Que, mediante Ofi cio Nº 104-2012-ME-DM este Ministerio solicitó a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas se sirva disponer se proceda a la adecuación y/o modifi cación de la denominación y codifi cación de la Unidad Ejecutora 117: Ofi cina de Becas y Crédito Educativo en concordancia con lo establecido en la Ley Nº 29837; Que, la Dirección General de Presupuesto Público, con Ofi cio Nº 180-2012-EF/50.06. remitió copia del Memorando Nº 043-2012-EF/50.03, mediante el cual comunicó a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, la modifi cación de la denominación de la Unidad Ejecutora Nº 117 a “Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo”, conforme a lo solicitado por este Ministerio; Que, con el Informe Nº 099-2012-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, recomienda formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, dejándose sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0050-2012-ED; De conformidad con la Ley Nº 29837, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema de Presupuesto, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0050-2012-ED el mismo que quedará redactado de la forma siguiente: “Artículo 1.- Formalizar la creación de la Unidad Ejecutora 117: Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, en el Pliego 010: Ministerio de Educación.” Artículo 2.- Designar al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, como funcionario responsable de la Unidad Ejecutora creada en el artículo precedente, quien tiene las facultades y responsabilidades establecidas en los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución Ministerial Nº 0023-2012-ED. Artículo 3.- Dejar sin efecto los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 0050-2012-ED. Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (05) días siguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 767869-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2012-MEM/DM Lima, 22 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Nacional suscrito con fecha 22 de julio de 2002, constituye el conjunto de políticas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del diálogo y del consenso con el defi nir un rumbo para el desarrollo sostenible del país y afi rmar su gobernabilidad democrática; Que, la Vigésima Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos, el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupción, que elimine las prácticas violatorias del orden jurídico, incluyendo el tráfi co de infl uencias, el nepotismo, el narcotráfi co, el contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero, y regular la función publica para evitar su ejercicio en función de intereses particulares; Que, la Ley N° 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que, el numeral 11 del artículo 2º del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, defi ne y establece entre las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, la Política Anticorrupción, en mérito de la cual el Estado busca fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones, las adquisiciones y la fi jación de los precios referenciales, eliminando los cobros ilegales y excesivos; garantizar la transparencia y la rendición de cuentas; promover, a través de sus acciones y comunicaciones la Ética Pública; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública;