TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de marzo de 2012 462955 Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28563 y sus modifi catorias, la Ley N° 29814, y por la Resolución Directoral Nº 05-2006-EF/75.01, que aprueba la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público”; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación y condiciones de la operación de endeudamiento 1.1 Apruébese la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Japan International Cooperation Agency - JICA, hasta por la suma de ¥ 3 210 000 000,00 (TRES MIL DOSCIENTOS DIEZ MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a fi nanciar parcialmente la Primera Fase del “Programa de Agua Potable y Saneamiento para la Amazonia Rural”. 1.2 La cancelación de dicha operación de endeudamiento externo será en veinticinco (25) años, que incluye un período de gracia de siete (07) años, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La operación de endeudamiento externo devengará una tasa de interés del 1,7% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago para la parte del préstamo que se destine a obras de agua potable y saneamiento y el empoderamiento de la comunidad. Asimismo, devengará una tasa de interés del 0,01% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago para la parte del préstamo que se destine a servicios de consultoría. 1.3 El referido endeudamiento externo estará sujeto a una comisión de compromiso del 0,1% anual sobre los saldos no desembolsados del préstamo. Artículo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora de la Primera Fase del “Programa de Agua Potable y Saneamiento para la Amazonia Rural” será el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Rural. Artículo 3º.- Suscripción de documentos Autorícese al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo que se aprueba en el artículo 1º de este decreto supremo; así como al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operación. Artículo 4º.- Servicio de deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento externo que se aprueba mediante el artículo 1º del presente decreto supremo, será atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa del Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 767900-1 Autorizan viaje de Presidenta Ejecutiva del OSCE para participar en eventos que se llevarán a cabo en México RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2012-EF Lima, 22 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº SRACP/300/079/2012, de fecha 08 de marzo de 2012, la Sub Secretaria de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la Secretaria de la Función Pública de México invita a los miembros integrantes de la Red Interamericana de Compras Gubernamentales (RICG), de la cual forma parte el Perú, a la Conferencia Internacional “Integridad en las Contrataciones Públicas, Adquisiciones y Obras Públicas” y al Taller Subregional de Centroamérica y República Dominicana, a realizarse los días 27,28 y 29 de marzo de 2012, en la ciudad de México DF; Que, los citados eventos abordarán el tema de la contratación pública, cuyo tratamiento es de especial importancia para el Perú, pues el Estado como principal agente comercial tiene un rol fundamental en el proceso de consolidación de las políticas nacionales de transparencia, anticorrupción, modernización y simplifi cación en las contrataciones públicas, orientado a promover el uso efi ciente de los recursos públicos, optimización de las inversiones y el fortalecimiento de la competencia y acceso a los mercados; Que, resulta de interés para el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE que su Presidenta Ejecutiva asista a los referidos eventos, con el objeto de conocer sistemas y prácticas exitosas en otros países; así como, adoptar decisiones y medidas que permitan mejorar la gestión operativa de dicho Organismo; motivo por el cual, es pertinente autorizar dicho viaje, debiendo el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos y de viáticos; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar el viaje de la Presidenta Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del citado Organismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora Magali Fiorella Rojas Delgado, Presidenta Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, a la ciudad de México DF, Estados Unidos Mexicanos, del 26 al 30 de marzo de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 581,24 Viáticos : US$ 880,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje la citada funcionaria deberá