Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2012 (29/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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los Proyectos Especiales, este conformado, entre otros, por dos (02) representantes del Ministerio de Agricultura, de los cuales, uno de ellos lo presidira, los mismos que seran designados por Resolucion Ministerial; Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente adecuar la conformacion del Consejo Directivo del Proyecto Especial Jequetepeque ­ Zana, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 002-2012AG; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, Ley N° 27594, y la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Legislativo N° 997, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Ministerial N° 0007-2012-AG. Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jequetepeque ­ Zana, quien lo presidira. Articulo 3º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Jequetepeque ­ Zana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 770334-3

los derechos de tramitacion establecidos en el TUPA; debiendo las entidades, dentro de los treinta (30) dias habiles siguientes a la vigencia de la modificacion, efectuar la reconversion de los nuevos terminos porcentuales aplicables como resultado de la division del monto de cada derecho de tramitacion, entre el MORDAZA valor de la UIT; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, con Oficio Nº 544-2012-AG-OPP/UDOP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, da su aprobacion a la modificacion del MORDAZA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, sustentado en el Informe Nº 003-2012-AG-UDOP/OPP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA y el Decreto Legislativo Nº 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebese la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2010-AG; con ochenta y cinco (85) Procedimientos Administrativos, treinta y nueve (39) formularios modificados y los Anexos 1, 2 y 3, que rubricados por el Jefe de SENASA forman parte integrante de la presente Resolucion, excluyendose los procedimientos referidos a: Registro de Agricultor Importador Usuario, Registro de Uso, y el Registro de Asesor Tecnico de empresas importadoras, exportadoras, formuladoras, envasadoras, distribuidoras y de establecimientos comerciales. Articulo 2º.- Publicacion La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El MORDAZA incluido sus Formularios y Anexos seran publicados en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del SENASA (www. senasa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 770334-4

Aprueban modificacion del MORDAZA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0124-2012-AG MORDAZA, 27 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2010-AG se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, con ochenta y ocho (88) procedimientos administrativos, formularios y Anexos I, 2 y 3; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2011-AG se modifico el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2000-AG, asi como el Reglamento de Registro, Control y Comercializacion de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-AG; Que, dicha modificatoria tuvo por objeto establecer normas y procedimientos para el registro y control de insumos agrarios, orientar su uso y manejo correctos para prevenir y minimizar danos a la salud y el ambiente, en las condiciones autorizadas de conformidad con las Decisiones 436 y 483, fomentando y promoviendo la competitividad en el agro nacional y optimizando los servicios prestados por la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2010PCM se aprobo la Politica Nacional de Simplificacion Administrativa (PNSA) que establece los principios, objetivos y estrategias que deben cumplir las entidades publicas y orienta su actuacion, en todo el ambito nacional, para que brinden tramites y servicios administrativos valiosos y oportunos a la ciudadania, dando relevancia a la optimizacion de procesos; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 0622009-PCM establece que la modificacion del valor de la UIT no implica la modificacion automatica del monto de

AMBIENTE
Autorizan viaje de profesional a los EE.UU. para asistir a la reunion intersesional previa a la XII Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociacion Transpacifico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 082-2012-MINAM MORDAZA, 27 de marzo de 2012 Visto, el Memorando Nº 085-2012-OCNI-SG/MINAM, la Ficha de Autorizacion de Viaje, ambos de 19 de marzo de 2012, y el Memorando Nº 157-2012-OPP-SG/MINAM de 22 de marzo de 2012, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil Nº 020-2012-MINCETUR/ VMCE de 19 de marzo de 2012, el Viceministro de

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