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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2012 (29/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de marzo de 2012 463282 Margen Izquierda Río Bobonaza”, con el fi n del mantener, reparar y medir los hitos mencionados, en el Segundo y Tercer Sector, de la Sección Oriental, entre el 07 y 22 de abril 2012; Que, al amparo del Convenio interinstitucional suscrito el 20 de agosto de 2007 entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Instituto Geográfi co Nacional (IGN), dicho Instituto ha designado mediante el ofi cio Nº 410-2012 IGN/DGC, de 13 de marzo de 2012, a cinco técnicos para que participen de los citados trabajos de campo; Teniendo en cuenta los Memoranda (DSL) Nº DSL0143/2012, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 14 de marzo de 2012; y (OPR) Nº OPR0189/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 23 de marzo de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, la Resolución Ministerial 0531-2011/RE, que aprueba la Directiva para la aplicación del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Resolución Ministerial No. 0898-2005-RE; y el Decreto Supremo Nº 028-2009-EF, que establece la escala de viáticos en el territorio nacional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a las localidades de Quito, Puyo y Santiago, República del Ecuador, así como a los distritos de Morona y Andoas, provincia de Datem del Marañon, Departamento de Loreto, República del Perú, del 07 al 22 de abril de 2012, para que participen en las campañas de trabajo desde el Hito 144 “Margen Derecha Quebrada Shaime”, hasta el Hito 163 “Km.81.9 Margen Izquierda Río Bobonaza”, en el Segundo y Tercer Sector de la Sección Oriental: Por el Ministerio de Relaciones Exteriores: • Ingeniero Gaudens Angel Gozar Manyari, Contratado Administrativo de Servicios, de la Dirección de Límites, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos. Por el Instituto Geográfi co Nacional (IGN): • Mayor EP Oscar Víctor Paucar Llaja, Director General de Geografía del IGN; • Tco 1 EP Orlando Jacinto Tito Falcón, Geodesta del IGN; • So 1 EP Efraín Teodoro Castro Fernández, Geodesta del IGN; • So 1 EP Aldo Frank Fernández González, Geodesta del IGN; y, • Tco 3 EP Ricardo David Paucar Tavera, Cartógrafo del IGN. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33689: Ejercicio de la Soberanía Marítima, Aérea y Mantenimiento, Reposición y Densifi cación de Hitos Fronterizos, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Int. Clase Económica US$ Viáticos Por día USD Viáticos por día S/. (Nuevos Soles) Número de días Total viáticos USD Total viáticos S/. Ecuador Perú Gaudens Angel Gozar Manyari 685.00 200.00 180.00 7 8 1400 1440 Oscar Victor Paucar Llaja 685.00 200.00 180.00 7 8 1400 1440 Orlando Jacinto Tito Falcón 685.00 200.00 180.00 7 8 1400 1440 Efraín Teodoro Castro Fernández 685.00 200.00 180.00 7 8 1400 1440 Aldo Frank Fernández González 685.00 200.00 180.00 7 8 1400 1440 Ricardo David Paucar Tavera 685.00 200.00 180.00 7 8 1400 1440 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistan. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 770367-2 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL