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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de marzo de 2012 463275 del Programa de Complementación Alimentaria a los Gobiernos Locales; Que, el 22 de agosto de 2011 el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y la Municipalidad Metropolitana de Lima, suscribieron el “Acta de Entrega y Recepción Programa de Complementación Alimentaria - PCA”, por lo que corresponde formalizar la conclusión del proceso de efectivización de la transferencia del PCA a la Municipalidad Metropolitana de Lima, que ejerce jurisdicción en el Distrito de Cercado de Lima; Que, una vez declarado concluido el referido proceso de transferencia, para el inicio de la gestión descentralizada del Programa de Complementación Alimentaria por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima se requiere de un período de desarrollo de capacidades de gestión en las diferentes fases operativas de este programa, a fin de realizar correctamente cada una de las actividades que aquél necesita. En esa medida, se considera imprescindible la conformación y capacitación de un equipo técnico en el referido Gobierno Local, así como también la implementación de condiciones de infraestructura de logística alimentaria, para el control de calidad y adecuado almacenamiento de los alimentos a ser distribuidos a los usuarios; Que, en concordancia con lo anterior, y a fi n de continuar con la atención de los usuarios del PCA en el distrito Cercado de Lima de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en tanto se concluye con la conformación y capacitación del equipo técnico, debe encargarse al PRONAA que continúe brindando el apoyo alimentario a los centros de atención que resulten transferidos a la Municipalidad Metropolitana de Lima que ejerce jurisdicción en el ámbito del distrito de Cercado de Lima, con cargo al stock de alimentos de dicho programa nacional; Que, de conformidad con lo indicado en el Informe N° 023-2012-MIDIS-PRONAA/DE de la Dirección Ejecutiva del PRONAA, el apoyo alimentario a los Centros de Atención del Distrito del Cercado de Lima durante el segundo trimestre del 2012 será hasta por un volumen total de 119.5445 TM. de productos alimenticios con cargo al stock de alimentos del PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1.-Conclusión del proceso de efectivización de la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA). Declárese concluido el Proceso de Efectivización de la Transferencia del Programa de Complementación Alimentaria (PCA), del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a la Municipalidad Metropolitana de Lima que ejerce jurisdicción en el Distrito de Cercado de Lima, a partir del 01 de abril de 2012. Artículo 2.- Autorización al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA Autorizar al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) para que en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima, continúe brindando apoyo alimentario a los Centros de Atención del PCA que resulten transferidos a la Municipalidad Metropolitana de Lima que ejerce jurisdicción en el ámbito del distrito de Cercado de Lima, hasta por el volumen total de 119.5445 TM. de productos alimenticios, con cargo al stock de alimentos de dicho Programa Nacional, durante el Segundo Trimestre del año 2012, a fi n de garantizar la provisión del servicio en dicho periodo. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 770485-6 Aceptan renuncia de Presidenta del Consejo Directivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2012-MIDIS Lima, 28 de marzo de 2012 Visto, la Carta s/n del 22 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector desarrollo e inclusión social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792 dispuso la adscripción al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, entre otros, del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, el cual quedó formalmente adscrito a partir del 1 de enero de 2012, según lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 032-2005- PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, establece que el Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS cuenta con un Consejo Directivo, que será su más alta autoridad ejecutiva, y está conformado por su Presidente, por los Ministros de Educación, de Salud, de la Mujer y Desarrollo Social y de Economía y Finanzas, entre otros representantes; Que, por Resolución Suprema Nº 402-2011-PCM, se designó a la señora María Rosa del Carmen Boggio Carrillo de Iguiñiz como Presidenta del Consejo Directivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - Juntos; Que, mediante el documento del visto, la señora María Rosa del Carmen Boggio Carrillo de Iguiñiz ha presentado renuncia irrevocable al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de la señora María Rosa del Carmen Boggio Carrillo de Iguiñiz como Presidenta del Consejo Directivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres - JUNTOS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 770485-8