Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2012 (18/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2012

Gestion Publica y construir un Estado Democratico, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; y, el Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP, es el documento de gestion institucional que contiene los cargos definidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura organica vigente prevista en su ROF; Que, la Ordenanza Regional N° 002-GRJ/CR, de 13 de marzo de 2003 aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, y mediante Ordenanzas Regionales N°s. 014 y 040-GRJ/CR; y, Ordenanza Regional N° 087-2008-GRJ/CR, se modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional Junin; y, a traves de la Resolucion Ejecutiva Regional N° 142-2003-GRJ/PR de 28 de marzo de 2003 se aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal del Gobierno Regional MORDAZA, el cual es modificado en parte por la Resolucion Ejecutiva Regional N° 223-2004-GRJ/PR; Que, el Cuadro de Asignacion de Personal - CAP del Gobierno Regional MORDAZA fue elaborado y aprobado el 2003, teniendose en cuenta la estructura organica del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del ano 2003, el mismo que no sufrio modificaciones y/o actualizaciones conforme se hizo con el Reglamento de Organizacion y Funciones que fue modificado en 03 oportunidades; por lo que se tiene la necesidad de actualizar el Cuadro de Asignacion de Personal - CAP de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF; Que, el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 0432004-PCM, que aprueba lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica, prescribe que la aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal de los Gobiernos Regionales se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Informe Legal N° 259-2012-GRJ/ORAJ y Memorando N° 350-2011-GRJ-ORAJ, la Directora de la Oficina Regional de Asesoria Juridica opina que es viable la modificacion de Cuadro de Asignacion de Personal CAP, institucional conforme a los terminos sometidos a analisis; a traves del Informe Tecnico N° 002-GGR/ORDITI, el Director de la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnologia de la Informacion opina favorablemente para que se continue con el MORDAZA de aprobacion del proyecto de modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA conforme a los lineamientos establecidos en Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; y, con Memorando N° 729-2012-GRPPAT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinion favorable para la aprobacion del proyecto de Cuadro de Asignacion de Personal - CAP de la Sede del Gobierno Regional Junin; Que, contando con el Dictamen N° 010-2012-GRJCR/CPPPATyDI, favorable de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:
"ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL - CAP, DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNIN"

MORDAZA, el cual consta de veinte (20) folios, que se anexa y forma parte de la presente MORDAZA Regional. Articulo Segundo.- DEROGUENSE la Resolucion Ejecutiva Regional N° 142-2003-GRJ/PR, su modificatoria Resolucion Ejecutiva Regional N° 223-2004-GRJ/PR y toda normatividad que contravenga la presente MORDAZA Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 27 dias del mes de MORDAZA de 2012. POR TANTO: MORDAZA MORDAZA GALVAN Consejero Delegado Consejo Regional Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 02 dias del mes de MORDAZA de 2012. MORDAZA ROY MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA
788997-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban MORDAZA de Lucha Contra el Dengue en el distrito de Comas
ORDENANZA Nº 361-MDC

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16.05.2012; el Dictamen Nº 02-2012-CSC-MDC, emitida por la Comision de Servicios a la Ciudad; el Informe Nº 022-2012-ODSGM-MC de fecha 20.03.2012, emitido por el Organo Desconcentrado de Salud; el Acta de Reunion Nº 001 del Comite Interdistrital y Multisectorial de Lucha contra el Dengue 2012, de fecha 28.02.2012; el Informe Nº 0292012-ODS-GM/MC de fecha 30.03.2012, emitido por el Organo Desconcentrado de Salud; el Informe Nº 298-2012GAJ-MDC de fecha 18.04.2012, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba la MORDAZA Sostenida de Lucha contra el Dengue en la jurisdiccion del Distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo en el articulo 195º Inc. 8 se establece que las Municipalidades deben desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educacion, salud; con lo establecido en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades.

Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignacion de Personal de la Sede del Gobierno Regional

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