Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2012 (18/05/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

466472

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2012

II. Para los casos sociales y construcciones menores a 10 m2 se presentara: 1. Solicitud simple dirigida al Alcalde. 2. MORDAZA literal de dominio expedida por el Registro de Predios con una anticipacion no mayor a treinta (30) dias habiles. En los casos de que el predio se encuentre dentro del Regimen de Propiedad Comun y Exclusiva debera adjuntar el Reglamento Interno de Propiedad Horizontal y la Autorizacion de la Junta de Propietarios, debidamente inscritos. Los predios que no cuenten con Reglamento Interno y su respectiva Junta de Propietarios inscritos, deberan presentar el consentimiento expreso con caracter de Declaracion Jurada con un Quorum minimo del 50% + 1 de los propietarios de las unidades de vivienda que conforman la edificacion. La propiedad debe encontrarse libre de cualquier MORDAZA judicial de copropiedad. 3. Documentacion que acredite que cuenta con derecho a edificar y represente al titular, en caso que el solicitante de la licencia de edificacion no sea el propietario del predio. 4. La documentacion tecnica, sera firmada y sellada por el profesional responsable del proyecto y por el propietario, la misma que estara compuesta por: a) Plano de Ubicacion y Localizacion (con cuadro comparativo de areas, secciones de vias), segun formato. b) Planos de arquitectura, cortes y elevaciones a nivel de Proyecto suscrito por el administrado y con firma y sello del profesional constatador responsable del Proyecto, y su Memoria Descriptiva. c) Carta de seguridad de obra, firmada por un ingeniero civil colegiado. 5. La Sub gerencia de Licencias y Autorizaciones solicitara el Informe socio economico emitido por la Asistenta Social de la Gerencia de Desarrollo Humano; previo a la revision de los documentos tecnicos. Articulo 5.- PROCEDIMIENTO El procedimiento administrativo para la obtencion de la licencia de Edificacion en vias de Regularizacion establecido en la presente MORDAZA, podra ser promovida por las personas naturales o juridicas, publicas o privadas, propietarios, usufructuarios, superficiarios, concesionarios o todos aquellos titulares que cuenten con derecho a habilitar y/o edificar. El procedimiento a seguir es el siguiente: a) La MORDAZA de los requisitos se MORDAZA por la Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, quien verificara que los documentos presentados se encuentren completos. b) De encontrarse conforme los documentos presentados se procedera al calculo de los derechos previos al tramite, debiendo el administrado proceder a su abono para el respectivo ingreso oficial al registro municipal y se remitira el expediente a la Sub Gerencia de Licencia y Autorizaciones para la evaluacion tecnica correspondiente. c) Con el informe de precalificacion se elevaran a la Comision Tecnica calificadora de Proyectos, los expedientes calificados bajo la Modalidad "C" y "D"; para el Dictamen correspondiente. Los expedientes calificados bajo la Modalidad "A" y "B", seran dictaminados por la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones. d) Si el resultado de la evaluacion tecnica, es dictaminada NO CONFORME la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones emitira el acto administrativo correspondiente, el cual sera notificado al recurrente a fin de que levante las observaciones formuladas en un plazo no mayor de quince (15) dias segun Ley, la MORDAZA de nuevos planos renovara el plazo de evaluacion. En caso de no levantar las observaciones se procedera a

emitir la respectiva Resolucion de improcedencia, la cual sera notificada al administrado, con lo que concluira el procedimiento, sin devolucion de derechos y/o pagos realizados. e) Si el resultado de la evaluacion tecnica es dictaminada CONFORME, la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones comunicara al administrado dicha conformidad a fin de que se proceda con la cancelacion de la Liquidacion y Multas por derechos a regularizacion que corresponda y proceder a emitirse la Resolucion correspondiente. f) El plazo para el procedimiento de la regularizacion es de 20 dias habiles, renovables cada vez que se formulen observaciones. g) Para los casos sociales, la Sub gerencia de Licencias y Autorizaciones solicitara a la Gerencia de Desarrollo Humano, el Informe socio economico emitido por la Asistenta Social de; previo a la revision de los documentos tecnicos. h) En los casos senalados en el Item g), si el resultado de la evaluacion tecnica y socio-economica es dictaminada CONFORME, la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones emitira la Resolucion de Licencia en Vias de Regularizacion. En todos los casos, la Resolucion de Licencia en Vias de Regularizacion debera indicar que no genera, ni otorga derechos de propiedad sobre el bien inmueble materia de tramite; considerandose que los documentos entregados por el solicitante recogen lo declarado, la misma que es admitida por esta entidad MORDAZA en aplicacion del MORDAZA de veracidad establecida en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El procedimiento de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion debera ser realizado de acuerdo al Capitulo IV del D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA, para lo cual debera iniciar el procedimiento correspondiente cumpliendo con los requisitos establecidos en el MORDAZA (Texto Unico de Procedimientos Administrativos). Articulo 6.- CONDICIONES MINIMAS DE DISENO DE LAS AMPLIACIONES.Las dimensiones de los ambientes que constituyen la vivienda seran aquellas que permitan la circulacion y el amoblamiento requerido para la funcion propuesta, acorde con el numero de habitantes de la vivienda. El area techada minima de una vivienda sin capacidad de ampliacion (departamentos en edificios multifamiliares o en conjuntos residenciales sujetos al regimen de propiedad horizontal) sera de 55 m2. El deficit de area libre, dimensiones minimas de los ambientes, pozos de luz, ductos de ventilacion seran evaluados por la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos; siempre que se solucione adecuadamente la iluminacion y ventilacion. Escaleras y Corredores.Las escaleras y corredores al interior de las viviendas y de los departamentos que se desarrollen entre muros deberan tener un ancho libre minimo de 0.90 m. Las escaleras que se desarrollen en un tramo con un lado abierto o en dos tramos sin MORDAZA intermedio, podran tener un ancho libre minimo de 0.80 m. Articulo 7.- CARACTERISTICAS DE LAS AMPLIACIONES.La vivienda debe permitir el desarrollo de las actividades humanas en condiciones de higiene y salud para sus ocupantes, creando espacios seguros para la familia que la habita, proponiendo una solucion acorde con el medio ambiente. Los ambientes deberan disponerse de manera tal que garanticen su uso mas eficiente, empleando materiales que demanden un bajo grado de mantenimiento. Igualmente debera verificarse el estado de las edificaciones colindantes con el fin de contar con una propuesta que no comprometa la estabilidad y seguridad de las edificaciones vecinas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.