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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2012 (20/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2012 466576 Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional N° 036-GRJ/CR y toda normatividad que contravenga la presente Norma Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 27 días del mes de abril de 2012. POR TANTO: SAUL ARCOS GALVAN Consejero Delegado Consejo Regional Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 2 días del mes de mayo de 2012. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Presidente 790296-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Amplían fecha de vencimiento de beneficio tributario aprobado mediante Ordenanza Nº 015-2011-CDB DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2012-MDB-AL Bellavista, 30 de abril del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: Los Informes Nº 022-2012-MDB/DATR y Nº 077- 2012-MDB-DATR-DR, de fechas 27 y 26 de Abril del 2012, respectivamente, emitidos por la Dirección de Administración Tributaria y Rentas y la División de Recaudación. CONSIDERANDO: Que, en aplicación del artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se precisa que conforme a lo establecido por el artículo 194º, inciso 4) del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifi can y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fi ja la ley; Que, con fecha 19 de Febrero del 2012 se ha publicado en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza Municipal Nº 003-2012-CDB, mediante la cual se ha establecido “La ampliación de benefi cios tributarios que están contenidas en la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 29 de Febrero del ejercicio fi scal 2012”; Que, con fecha 29 de Febrero del año 2012, se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 001-2012-MDB-AL, mediante el cual se aprobó prorrogar el plazo para el realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de Marzo del ejercicio fi scal 2012; Que, con fecha 30 de Marzo del año 2012, se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 003-2012-MDB-AL, mediante el cual se estableció prorrogar el plazo para realizar el pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 30 de Abril del ejercicio fi scal 2012; Que, esta gestión tiene como fi n máximo procurándose dar una buena calidad de vida a los vecinos de esta institución edil y apreciando que existe una gran necesidad de ampliar los benefi cios tributarios que están contenidos en la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, en el extremo de realizar los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de los ejercicios fi scales anteriores al 2011 sin intereses, reajustes, costas ni gastos judiciales, hasta el 31 de Mayo del presente año fi scal; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 003-2012- CDB y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA Primero.- Ampliar la fecha de vencimiento del benefi cio tributario aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 015-2011-CDB, hasta el 31 de Mayo del presente ejercicio. Segundo.- Deléguese el cumplimiento de la presente a la Dirección de Administración Tributaria y Rentas, Unidad de Ejecutoria Coactiva y a la Unidad de Informática. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 790069-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CABANA Declaran de prioridad e interés distrital la Zonificación Ecológica Económica (ZEE) y el Ordenamiento Territorial (OT) en el distrito de Cabana y crean la Comisión Técnica Local de ZEE y OT en el distrito de Cabana, departamento de Ayacucho (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Cabana, mediante Ofi cio Nº 672-2011-MDC/LA, recibido el 18 de mayo de 2012) ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2011-A-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CABANA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Cabana en Sesión Ordinaria de Concejo del 20 de agosto de 2011, aprobó la Ordenanza que Crea la Comisión Técnica Local de la Zonifi cación Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial del distrito de Cabana y Declara de Prioridad el Ordenamiento Territorial del distrito. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con