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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2012 466575 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud y sus Unidades Ejecutoras ORDENANZA REGIONAL N° 132-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN. POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Extraordinaria celebrada a los 27 días del mes de abril de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la autonomía administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, mediante Ordenanza Regional N° 036-GRJ/ CR se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal - CAP, de la Dirección Regional de Salud y con el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 055-GRJ/CR, de 04 de diciembre de 2006, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Dirección Regional de Salud Junín; Que, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; y, el Cuadro de Asignación de Personal – CAP, es el documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, que aprueba lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, prescribe que la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal de las Direcciones Regionales Sectoriales se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, la Ley N° 28498, Ley de nombramiento de los profesionales de la Salud no médicos cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de la salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; en su Primera Disposición Transitoria establece que para el proceso de implementación de la plazas vacantes se exceptúa al Ministerio de Salud y Direcciones Regionales de Salud, de las prohibiciones presupuestales establecidas por Ley; Que, la Ley N° 28560, Ley de nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, que se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicio y auxiliares asistenciales que, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condición de contrato bajo cualquier modalidad; en su Primera Disposición Transitoria establece que para el proceso de implementación de la plazas vacantes se exceptúa al Ministerio de Salud y Direcciones Regionales de Salud y Organismos Públicos Descentralizados del Sector Salud, de las prohibiciones presupuestales establecidas por Ley; Que, el literal c) del numeral 1) del artículo 8° de la Ley Nº 29812, Ley de presupuesto del sector público para el año fi scal 2012, prohíbe el ingreso de personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento, salvo en el supuesto de nombramiento de hasta el 15% del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes 28498 y 28560, sus normas modifi catorias y complementarias; y, en el último párrafo del artículo 8° prescribe que para la aplicación de los casos de excepción c) y d), mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, se transfi eren las partidas necesarias a los gobiernos regionales con cargo al fi nanciamiento previsto en el presupuesto del Ministerio de Salud, con el objeto de atender el gasto en materia de los nombramientos a que hacen referencia los citados literales; Que, el Informe Técnico N° 003-2012-GGR/ORDITI, del Director de la Ofi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, concluye que el nuevo reordenamiento de cargos propuestos por la Dirección Regional de Salud Junín y demás unidades ejecutoras de Salud, incrementan los cargos previstos del cuadro para asignación de personal en el número de cargos autorizados para cada caso, creándose las condiciones para dar cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente; Que, el Informe Legal N° 259-2012-GRJ/ORAJ, del Director (e) de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que los proyectos de Cuadros de Asignación de Personal - CAPs, de la Dirección Regional de Salud y sus unidades ejecutoras se ajustan al marco legal vigente; y; mediante Reporte N° 094-2012-GRPPAT/SGPT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión de disponibilidad presupuestal conforme al siguiente detalle: Ley N° 28498 hasta por la suma de S/. 54,396.00 nuevos soles por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, los cuales serán asumidos por cada unidad ejecutora con cargo a su presupuesto de la Genérica 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, sin requerir recursos adicionales ni al pliego ni al tesoro público, precisando que la diferencia del costo del nombramiento será asumido por el Ministerio de Salud; por lo que la disponibilidad total que asume el pliego 450 Gobierno Regional Junín para el nombramiento del personal de las Leyes 28498 y 28560, asciende a S/. 189,461.00 nuevos soles y el Ministerio de Salud realizará una transferencia de recursos hasta por la suma de S/. 1´947,574.00 nuevos soles; Que, contando con el Dictamen N° 009-2012-GRJ- CR/CPPPATyDI, favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNÍN Y SUS UNIDADES EJECUTORAS” Artículo Primero.- APRUÉBESE el Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud y sus Unidades Ejecutoras, el cual consta de cuarenta y siete (47) folios, que se anexa y forma parte de la presente Norma Regional.