Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2012 (20/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

466559

del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Peru S.A., Trans American Air Lines S.A. y MORDAZA Up S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en los Informes Nº 198-2012-MTC/12.04 y Nº 122-2012-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29812, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lanas, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran del 21 al 25 de MORDAZA

de 2012 a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 13 al 18 de junio de 2012 a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, y del 11 al 17 de junio de 2012 a la MORDAZA de Melbourne, Australia, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes Nº 198-2012-MTC/12.04 y Nº 122-2012-MTC/12.04. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Lan Peru S.A., Trans American Air Lines S.A. y MORDAZA Up S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 21 DE MORDAZA AL 18 DE JUNIO DE 2012 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 122-2012-MTC/12.04 Y Nº 198-2012-MTC/12.04
ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DETALLE Chequeo tecnico Inicial y habilitacion de categoria II/III en simulador de vuelo del equipo B-767 a su personal aeronautico RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 33685-33686

Fecha: 30.08.10

1114-2012-MTC/12.04 21-may 25-may US$ 800.00 Lan Peru S.A. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

1115-2012-MTC/12.04 13-jun

18-jun US$ 1,200.00 TACA PERU MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 17-jun US$ 1,200.00 MORDAZA PERU MORDAZA Lanas, MORDAZA MORDAZA

San MORDAZA Melbourne

El MORDAZA Chequeo tecnico Inicial en simulador 22021-22033-24462de vuelo del equipo A-319/320/321 a 24465-24466-24473su personal aeronautico 2365 Australia Chequeo tecnico de proficiencia en simulador de vuelo del equipo BAe146 a su personal aeronautico 35278-35279-35390

1121-2012-MTC/12.04 11-jun

790008-1

Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial y educativa en localidades de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 147-2012-MTC/03 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2011-018745 presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash;

CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion;

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