Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2012 (27/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, constituye politica de esta Corporacion Municipal el brindar las mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones formales, promoviendo en los contribuyentes la regularizacion de sus obligaciones de presentar las declaraciones juradas de cargo, descargo o rectificaciones de sus predios; asi como fomentar el cumplimiento de las obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria generada por concepto de la subsanacion voluntaria o como producto de las acciones de fiscalizacion a fin de incrementar la recaudacion; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de asesoria Juridica mediante Informe Nº 0440-2012-0400-GAJ/MSI; y, Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8) del Articulo 9º y del Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de acta, aprobo la siguiente:

deudas a la Municipalidad, la Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria procedera a determinar las multas e intereses moratorios por el integro que corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo Noveno.- Los pagos de importes insolutos, intereses, reajustes, costas y gastos que se hubieran realizado MORDAZA de la aprobacion de la presente Ordenanza, no son considerados pagos indebidos o en excesos por lo que no son objeto de devolucion o compensacion.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como a la Oficina de Comunicaciones e Imagen la difusion de su contenido. SEGUNDA.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. TERCERA.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza y para la prorroga de los beneficios tributarios contenida en la misma. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA CANTELLA SALAVERRY MORDAZA

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE REGULARIZACION PREDIAL
Articulo Primero.- La presente Ordenanza tiene por objeto incentivar en los contribuyentes la regularizacion de sus obligaciones formales de presentar las declaraciones juradas de cargo, descargo o rectificaciones de sus predios; asi como la regularizacion de las obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria generadas por la omision o rectificacion de la inscripcion de predios dentro de los plazos establecidos, o por las acciones de la Administracion inherentes a la facultad de fiscalizacion, cualquiera fuera el estado en la que se encuentre. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que regularicen las declaraciones de inscripcion, descargo o rectificacion del registro de sus predios, en forma voluntaria o con motivo de la fiscalizacion efectuada podran acogerse a los siguientes beneficios: a) Exoneracion del 100% de las multas tributarias correspondientes a las infracciones referidas en el Articulo 176º del TUO del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF y modificatorias, b) Exoneracion del 100% del interes moratorio correspondiente al tributo omitido, debiendo cancelar unicamente el importe insoluto del tributo. Articulo Tercero.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza sera hasta el dia 28 de Setiembre de 2012. Articulo Cuarto.- Los contribuyentes que a la fecha tengan obligaciones pendientes de pago por concepto de multas tributarias impuestas con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, gozaran del descuento del 90% del monto insoluto, descuento del 100% del interes moratorio, descuento del 100% de costas y gastos derivados del procedimiento de ejecucion coactiva y levantamiento de medidas cautelares que se hubiesen ordenado, siempre que cumpla con cancelar el 100% del monto insoluto, durante la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Los contribuyentes que a la fecha tengan obligaciones pendientes de pago con motivo de la fiscalizacion efectuada, gozaran del descuento del 100% del interes moratorio correspondiente al tributo omitido, descuento del 100% de costas y gastos derivados del procedimiento de ejecucion coactiva y levantamiento de medidas cautelares que se hubiesen ordenado. Articulo Sexto.- Los contribuyentes que se acojan a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza deberan pagar al contado el insoluto del tributo originado por la declaracion presentada o con motivo de la fiscalizacion efectuada, o en su caso fraccionar la totalidad de la deuda pendiente de pago, de acuerdo a las disposiciones del Decreto de Alcaldia Nº 008-2012-ALC/MSI, que aprueba el Reglamento de Deudas Tributarias de la Municipalidad de San MORDAZA, durante la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Setimo.- En caso se hayan emitido los valores correspondientes a la deuda tributaria materia de incentivo y la misma se encuentre impugnada, el contribuyente para acogerse a los alcances de la presente Ordenanza, debera desistirse de toda reclamacion que se encuentre pendiente de resolver cumpliendo con las formalidades establecidas por el Codigo Tributario. Asimismo, en el caso que la deuda tributaria materia del incentivo se encontrara apelada, el contribuyente a fin de acogerse al beneficio otorgado por la presente Ordenanza debera exhibir el original y presentar la MORDAZA del cargo de recepcion del Desistimiento presentado ante el Tribunal Fiscal ante esta Administracion Tributaria. Articulo Octavo.- Vencido el plazo senalado en el Articulo Tercero y de no haber realizado el pago de las

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban habilitacion MORDAZA de predio MORDAZA ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 248-2012 /MDSM
San MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2012 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, la correspondencia Nº 11007-2010 cursada por el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, quienes solicitan la habilitacion MORDAZA de oficio del terreno MORDAZA ubicado en la interseccion de la avenida Venezuela y la avenida MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, informe Nº 047-2012/SGFUC/GDU/MDSM emitido por la Subgerencia de Fiscalizacion MORDAZA y Catastro, memorando 262-2012GDU/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, informe Nº 176-2012-GAJ/MDSM emitido la Gerencia de Asuntos Juridicos y memorando Nº 261-2012-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.6.1 del inciso 3.6 del articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que es funcion especifica exclusiva de los gobiernos locales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y fiscalizar las habilitaciones urbanas; Que, el articulo 24º de la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que las municipalidades distritales identificaran los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con

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