Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2012 (27/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2012

de lo establecido por el articulo 53º de la Ley Nº 27867, debiendo implementar el Sistema Regional de Gestion Ambiental en coordinacion con la Comision Ambiental Regional respectiva. Los Gobiernos Regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las politicas, normas y planes nacionales, sectoriales y regionales, en el MORDAZA de los principios de la gestion ambiental contenidos en el presente reglamento; debiendo asegurar el cumplimiento de la Politica Nacional Ambiental (...). La politica ambiental regional debe estar articulada con la politica y planes de desarrollo regional". Asimismo, el articulo 40 de dicho reglamento prescribe: "La Comision Ambiental Regional es la instancia de gestion ambiental de caracter multisectorial, encargada de la coordinacion y concertacion de la politica ambiental regional, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado. Brinda apoyo al Gobierno Regional respectivo, de conformidad con lo senalado en el inciso b) del articulo 53 de la ley Nº 27867". Que, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, en su articulo 17 establece: "17.1 Los Gobiernos Regionales y Locales aprueban la creacion, el ambito, la composicion y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales CAR­ y de las Comisiones Ambientales Municipales -CAMrespectivamente". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 010-2010-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 14 de setiembre del 2010 se dispuso la adecuacion de la Comision Ambiental Regional Tacna (CAR ­ TACNA) al Decreto Legislativo Nº 1013 ­ Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente y se aprobo el Reglamento Interno de la CAR - TACNA, estableciendose en su articulo 5 las funciones generales siguientes: "1. Organo de coordinacion y concertacion de la politica ambiental a nivel regional. (...) 10.Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de la Politica Ambiental Regional, en el MORDAZA del Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region de Tacna". Que con Oficio Nº 1284-2011-ORAJ-G.GR/GOB.REG. TAC de fecha 29 de setiembre del 2011, el Senor Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna remite los antecedentes de la Propuesta Normativa "APROBACION DE LA POLITICA AMBIENTAL REGIONAL" y solicita que se remitan a la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna para que emita el dictamen correspondiente y posteriormente sea aprobado por el Consejo Regional mediante Ordenanza Regional. Que, con Carta Nº 047-2011-CAR/TACNA de fecha 26 de agosto del 2011 remitida por el Presidente de la Comision Ambiental Regional de Tacna - CAR; Informe Nº 049-2011GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 163 de setiembre del 2011 emitido por la Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente; Informe Nº 7172011-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 28 de setiembre del 2011, emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna; y, Oficio Nº10332012-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 03 de MORDAZA del 2012 remitido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nº 002-2012-CR-CORNyGMA de fecha 10 de MORDAZA del 2012, a traves del cual se aprueba por unanimidad la propuesta normativa: "APROBACION DE LA POLITICA AMBIENTAL REGIONAL DE TACNA" dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria de fecha 26 de MORDAZA del 2012. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a),36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Extraordinaria de la fecha, con exoneracion del tramite de lectura y aprobacion del acta, ha aprobado lo siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR la Politica Ambiental Regional de Tacna, instrumento elaborado por la Comision Ambiental Regional - Tacna (CAR - TACNA) que consta de

doce (12) folios, cuyo texto en calidad de anexo forma parte integrante de la presente ordenanza regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional Tacna, en coordinacion con la Comision Ambiental Regional Tacna (CAR - Tacna), la implementacion de la presente MORDAZA regional. Articulo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veintiseis de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 11 de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

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Aprueban Cronograma Resumen de Ejecucion de Actividades 2012, Reglamento de Conformacion del Equipo Tecnico y Reglamento de Identificacion y Acreditacion de los Agentes Participantes para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2013
ORDENANZA REGIONAL N° 003-2012 CR/GOB. REG. TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiseis de MORDAZA del ano dos mil doce, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional de Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion y la ley Nº28607, en su articulo 191 senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el articulo 199 establece que: "(...) los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos, con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente (...) Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en el articulo 17, numerales 1 y 2 establecen que: "17.1. Los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica (...) 17.2 (...) la participacion de los ciudadanos se canaliza a traves de los espacios de consulta, coordinacion, concertacion y vigilancia existentes, y los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a ley". Ademas, el articulo 18 de la referida MORDAZA prescribe:"(...)18.2. Los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado (...)"; asimismo el articulo 19 establece:"(...19.2. El Ministerio de Economia y Finanzas dictara en forma anual las directivas que regulan

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