Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2012 (27/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
Pasajes Viaticos US$ 1 592.40 US$ 660,00

467009

de Drogas (CICAD) de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), para participar en la XXXIV Reunion de los Subgrupos de Trabajo del Grupo de Expertos para el Control del MORDAZA de Activos, de Cooperacion Internacional y Decomiso, y de Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Investigacion Criminal, que se celebrara en la MORDAZA de MORDAZA, D.C., Estados Unidos de MORDAZA, entre el 30 y 31 de MORDAZA de 2012; CONSIDERANDO: Que, el citado evento tienen como finalidad dar seguimiento a las recomendaciones acordadas en la MORDAZA reunion del Grupo de Expertos, LAVEX XXXIII, llevada a cabo en setiembre de 2011 en la MORDAZA de Caracas, Republica de Venezuela, y la MORDAZA reunion de los Subgrupos de Trabajo de Decomiso y de Coordinacion e Integracion entre Unidades de Inteligencia Financiera y Organismos de Investigacion Criminal, llevada a cabo en MORDAZA de 2011 en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Que, dentro del MORDAZA de esta reunion, se discutira las experiencias de los paises en la coordinacion con las otras agencias del sistema de combate al LAFT, asi como los mecanismos de intercambio de informacion, y el uso de los informes de inteligencia financiera producidos por la UIF por parte de los Organismos de Investigacion Criminal. Incluso se MORDAZA una MORDAZA del reporte de avance en la elaboracion de las recomendaciones, principios y mejores practicas para unificar criterios sobre la informacion que se comparte entre las UIF y los Organismos de Investigacion Criminal, entre otros; Que, atendiendo la invitacion cursada y por ser de interes para la Institucion participar en la mencionada reunion internacional, de singular importancia para las actividades que desarrolla la Unidad de Inteligencia Financiera, se ha considerado conveniente la asistencia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romarioni, Abogado Principal del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, para que concurra al citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, asi como para el ejercicio de funciones o eventos de interes para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en la indicada visita, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, Nº SBS-DIR-ADM-08515; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romarioni, Abogado Principal del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica de la SBS, del 29 de MORDAZA al 02 de junio de 2012 a la MORDAZA de MORDAZA, D.C., Estados Unidos de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle:

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

792986-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban la Politica Regional de Tacna Ambiental

ORDENANZA REGIONAL N° 002-2012-CR/GOB. REG. TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintiseis de MORDAZA del ano dos mil doce, en Sesion Extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 67 prescribe: "El Estado determina la politica nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales". Asimismo, en sus articulos 191 y 192 se establece: "Las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia", senalandose ademas que: "Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas planes nacionales y locales del desarrollo. Son competentes para: (...) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a ley". Que, la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales en su articulo 9, literal g) senala como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: "Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a la Ley." Asimismo, el articulo 53 de la misma ley establece como Funciones de los Gobiernos Regionales en materia ambiental y de Ordenamiento Territorial: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; b) Implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales." Que la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, en su articulo 23 prescribe: "Las Comisiones Ambientales Regionales, CAR, son las instancias de gestion ambiental, de caracter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental regional. Promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado (...)". Que, el Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, aprueba el reglamento de la Ley Nº 28245, que en su articulo 38 prescribe: "El Gobierno Regional es responsable de aprobar y ejecutar la Politica Ambiental Regional, en el MORDAZA

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