Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2012 (27/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de mayo de 2012 467017 de aporte para Parques Zonales - SERPAR, por un monto de (S/.2,168.10) dos mil ciento sesenta y ocho y 10/100 Nuevos Soles, de acuerdo a la Resolución de Gerencia Administrativa Nº501-2012 emitida por SERPAR – LIMA, el 24 de abril de 2012. Que, conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley Nº27972– Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº29090 - Ley de Edifi caciones y Habilitaciones Urbanas, Ley Nº29476 - Ley que modifi ca y complementa la Ley Nº29090, Ley Nº27444 - Ley de procedimientos administrativos y demás normas vigentes sobre la materia: SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Subdivisión del Lote Matriz constituido por Parte del Lote 55-A, Mz. K-1, con un área de terreno de 1,072.82 m2., de la Urbanización Miramar, ubicado con frentes a: Av. Costanera, (Ex – Av. Miramar, ex – Av. Militar) y la Calle 28 de Julio, (Ex – Calle 28), Jurisdicción del Distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, con Zonifi cación RDA (Residencial de Densidad Alta) y RDM (Residencial de Densidad Media) – Área de Tratamiento Normativo II, conforme a los Planos; U-01; P-01 y P-02. SUB LOTE MATRIZ Parte del Lote 55-A, Mz. K-1: • Por el frente, con línea recta con la Av. Costanera, (Ex – Av. Miramar, ex – Av. Militar), con 13.50 ml. • Por la derecha, colinda con parte del lote 55-A, de la Mz. K-1, propiedad de terceros con 54.00 ml. • Por la Izquierda, colinda con tres tramos: primer tramo, con parte de lote 55-A, Mz. K-1, propiedad de terceros con 23.95 ml.; segundo tramo con parte de lote 55-A, Mz. K-1, propiedad de terceros con 14.50 ml., y el tercer tramo con la Calle 28 de Julio (ex – Calle 28), con 22.60 ml. • Por el fondo, colinda con parte del lote 55-B, propiedad de terceros con 30.00 ml. AREA DE TERRENO: 1,072.82 m2. PERÍMETRO: 158.55 ml. SUBLOTES PROPUESTOS: PARTE DEL LOTE (55-A) – 1 • Por el frente, con la Av. Costanera, (Ex – Av. Miramar, ex – Av. Militar), con 13.50 ml. • Por la derecha colinda con parte del lote 55-A, Mz. K- 1, propiedad de terceros, con 24.95 ml. • Por la Izquierda, colinda con parte del lote 55-A y parte del lote (55-A) – 2, Mz- K-1, propiedad de terceros, con 24.05 ml. • Por el fondo, colinda con parte del lote (55-A) – 2, Mz. K-1, con 13.50 ml. AREA DE TERRENO: 330.75 m2. PERÍMETRO: 76.00 ml. PARTE DEL LOTE (55-A) – 2 • Por el frente, con la Calle 28 de Julio (ex – Calle 28), con 22.60 ml. • Por la derecha colinda con parte del lote 55-A y parte del lote (55-A) – 1, Mz- K-1, con tres tramos: el primero con 14.50 ml., el segundo con 0.10 ml., y el tercero con 13.50 ml. • Por la Izquierda, colinda con parte del lote 55-B, Mz. K-1, propiedad de terceros con 30.00 ml. • Por el fondo, colinda con parte del lote 55-A de la Mz. K-1, con 29.05 ml. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, el cual deberá efectuarse dentro de los 30 dias a partir de su notifi cación; asimismo la inscripción Registral ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, Zonal Nº IX – Lima, que correrá a cargo de los copropietarios. Artículo Tercero.- TRANSCRIBASE esta Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de Lima (SERPAR), para la revisión de los aportes que correspondan. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria; a la Subgerencia de Obras Privadas conforme a sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANA VICTORIA DIAZ BOZA Sub Gerente (e) Subgerencia de Fiscalización Urbana y Catastro Gerencia de Desarrollo Urbano 793119-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban realización de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito ORDENANZA Nº 276-MDS Surquillo, 21 de mayo de 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195º numerales 4) y 10) de la Constitución Política del Perú modifi cada por las Leyes de Reforma Constitucional y los artículos 248º y siguientes del Código Civil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y con el voto unánime de sus miembros y con dispensa de lectura y aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR 63° ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo 1º.- Objeto de la disposición: Autorícese la realización de un Matrimonio Civil Comunitario para el día sábado 14 de julio de 2012 con ocasión de las celebraciones por el Sexagésimo Tercer Aniversario de Creación Política del distrito de Surquillo. Artículo 2º.- Reducción y Exoneración de derechos: Establecer en S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) el pago por todo concepto que deberán abonar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada en el artículo 1º, dejándose en suspenso la tasa contenida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA- para el presente caso. Asimismo, las parejas contrayentes se encuentran exoneradas del pago de las tarifas respectivas por el otorgamiento de Certifi cado Médico Pre – Nupcial y Consejería Preventiva. Artículo 3º.- Dispensa de publicación: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 252° del Código Civil, autorizar al Alcalde para que dispense a los contrayentes de la publicación del aviso por periódico del matrimonio civil a que alude el artículo 250° del Código Civil, siempre que se presenten todos los requisitos que exige el artículo 248º del Código Civil así como los requisitos que el TUPA exige para dicho fi n, correspondiendo, en todo caso, a la Sub Gerencia de Promaped, Demuna y Matrimonios y Divorcios No Contenciosos, la publicación del aviso respectivo en las vitrinas municipales, y en el portal electrónico de la Municipalidad distrital de Surquillo. Artículo 4º.- Órganos ejecutantes: Encargar al señor Alcalde la adopción de las acciones administrativas que correspondan a efectos de la realización del Matrimonio Civil Comunitario señalado en el artículo 1º, correspondiendo a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes su ejecución conforme a Ley. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 793247-1