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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (05/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de noviembre de 2012 477977 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 123-2011-R/UCCI, de fecha 18 de julio de 2011; Nº 171-2011-R/UCCI, de fecha 08 de septiembre de 2011; Nº 068-2012-R/UCCI, de fecha 23 de julio de 2012; informe Nº 238-2012-DGDAC, de fecha 24 de septiembre de 2012; memorando Nº 1022-2012-SE, de fecha 9 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733 se establecen las atribuciones específi cas e indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores, siendo una de ellas la prevista en el inciso f) concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer los currícula y requisitos adicionales propios; Que, por Resolución Nº 1078-2008-ANR, de fecha 05 de diciembre de 2008, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo; Que, mediante ofi cios de vistos, el Rector de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería comunica a la Asamblea Nacional de Rectores que se ha creado el programa de Maestría en Administración de Negocios en su Escuela de Posgrado, solicitando la aprobación y ofi cialización de la misma; adjuntando para tal efecto la Resolución Nº 178-2009-CU/UCCI de fecha 03 de junio de 2009, que aprobó la creación del mencionado programa académico; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, mediante informe de vistos, expresa que el proyecto de creación del programa de posgrado antes citado ha sido elaborado respetando las disposiciones establecidas en el artículo 24º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; por lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea Nacional de Rectores emita la resolución correspondiente, en virtud de que la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con la normatividad descrita; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone emitir la resolución correspondiente que declare que la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en el artículo 24º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento del Programa Académico de Maestría en Administración de Negocios en la Escuela de Posgrado de la citada casa de superior de estudio; Estando a la autorización de la Alta Dirección, y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo, ha cumplido con las disposiciones establecidas en el artículo 24º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y funcionamiento del Programa Académico, adscrito a su Escuela de Posgrado, siguiente: • Maestría en Administración de Negocios. Artículo 2º.- Autorizar el registro correspondiente en la Asamblea Nacional de Rectores de lo resuelto en el artículo precedente, y disponer la difusión de la presente Resolución a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos, y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 861610-1 Amplían plazo de mandato de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad José Carlos Mariátegui COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1560-2012-ANR Lima, 19 de octubre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El informe Nº 005-2012-PCOG.UJCM, de fecha 16 de octubre de 2012; el memorando Nº 1063-2012-SE, de fecha 19 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, tiene por fi nalidad coordinar y orientar las actividades académicas y administrativas de las universidades del país, así como velar por la gobernabilidad institucional y autonomía universitaria; Que, asimismo, la Ley Nº 26490, ampliada por Ley Nº 27602, ha establecido como una atribución de la Asamblea Nacional de Rectores intervenir universidades públicas y privadas ante graves irregularidades académicas, administrativas, normativas y económicas; Que, mediante Resolución Nº 0964-2011-ANR, de fecha 25 de agosto de 2011, se declaró en situación de graves irregularidades académicas y administrativas a la Universidad José Carlos Mariátegui y se conformó una Comisión de Orden y Gestión para la mencionada universidad, otorgándole el plazo de noventa (90) días para que subsane las irregularidades detectadas y restituya la gobernabilidad universitaria; plazo ampliado por noventa (90) días mediante Resolución Nº 1362-2011-ANR, de fecha 24 de noviembre de 2011, se nombró a los nuevos integrantes de la referida Comisión de Orden y Gestión mediante Nº 0036-2012-ANR, de fecha 12 de enero de 2012; otorgándosele un plazo adicional de ciento veinte (120) días mediante Resolución Nº 0171-2012-ANR, de fecha 22 de febrero de 2012; plazo ampliado por ciento (120) días mediante Resolución Nº 0669-212-ANR, de fecha 18 de junio de 2012; Que, mediante informe de vistos, la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad José Carlos Mariátegui informa a la Asamblea Nacional de Rectores respecto a los aspectos académicos, administrativos, legales y sobre el Tribunal de Honor Externo; concluyendo que existe un normal clima académico para la programación académica 2012, existe control en el manejo de los gastos; sin embargo, los procesos judiciales iniciados por docentes se prolongarán más allá del plazo otorgado a la mencionada Comisión, así como los recursos interpuestos por las decisiones del Tribunal de Honor Externo; por lo que solicita la ampliación de intervención a la referida universidad; Que, teniendo en consideración el cumplimiento de los objetivos encomendados y la importancia de llevar a cabo los procesos que permitan garantizar la elección de autoridades de gobierno en la mencionada casa superior