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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de noviembre de 2012 477971 Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2004-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho al 1 de mayo de 2006, el Contrato de Concesión suscrito con la empresa C. & S. SATTV S.R.L., aprobado mediante Resolución Ministerial N° 209-2004-MTC/03; y que, en consecuencia, ha quedado sin efecto la referida Resolución Ministerial, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 861594-1 Aprueban tasaciones de predios afectados por ejecución de obras de rehabilitación y mejoramiento de carreteras, ubicados en los departamentos de Junín y Apurímac RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 606-2012-MTC/02 Lima, 29 de octubre de 2012 Vistos: La Nota de Elevación Nº 513-2012-MTC/20 y el Memorándum Nº 2637-2012-MTC/20 de fechas 23 de agosto de 2012 y 24 de setiembre de 2012, respectivamente, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobación de treinta y cinco (35) tasaciones que corresponden a los predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuaná - Dv. Yauyos - Chupaca, Tramo: Ronchas - Chupaca, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en tanto que, por Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, será el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutadas por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL, y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción, en adelante DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, y con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, al amparo del mencionado Convenio Marco, PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento suscribieron el Convenio Específi co Nº 67, con fecha 04 de mayo de 2011, con el objeto de que la DNC efectúe la valuación comercial de predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuaná - Dv. Yauyos - Chupaca, Tramo: Ronchas - Chupaca; Que, mediante Ofi cio Nº 1362-2011/VIVIENDA- VMCS-DNC de fecha 29 de noviembre de 2011, la DNC, remitió los informes técnicos de tasación de los predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuaná - Dv. Yauyos - Chupaca, Tramo: Ronchas - Chupaca; Que, a través de los Memoranda Nºs. 4295 y 5052- 2012-MTC/20.6 de fechas 16 de agosto de 2012 y 21 de setiembre de 2012, respectivamente, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL remitió los Informes Nºs. 378-2012-MTC-20.6.3/DMMA y 136-2012-MTC/20.6.3/LDY, de la Especialista Legal en la implementación de Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI(s) y el Administrador del Contrato - PACRI(s), mediante los cuales se sustenta la necesidad de gestionar la aprobación de treinta y cinco (35) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuaná - Dv. Yauyos - Chupaca, Tramo: Ronchas - Chupaca; Que, Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 586-2012-MTC/20.3, de fecha 21 de agosto de 2012, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente; Que, con la Nota de Elevación Nº 513-2012-MTC/20 y el Memorándum Nº 2637-2012-MTC/20 de fechas 23 de agosto de 2012 y 24 de setiembre de 2012, respectivamente, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL mediante Memoranda Nºs. 4295 y 5052-2012-MTC/20.6, para la aprobación de treinta y cinco (35) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuaná - Dv. Yauyos - Chupaca, Tramo: Ronchas - Chupaca; señalando además, su conformidad a la misma; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente a treinta y cinco (35) predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuaná - Dv. Yauyos - Chupaca, Tramo: Ronchas - Chupaca, ubicados en el distrito y provincia de Chupaca, departamento de Junín; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones