Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2012 (08/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

478132

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de noviembre de 2012

para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 2566-2012-VPD/B/01.a del 31 de octubre de 2012, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el personal militar MORDAZA senalado ingresara a territorio de la Republica, del 12 al 16 de noviembre de 2012, a fin de llevar a cabo un pre-despliegue de estudio de sitio (PDSS) de la Fuerza de Proteccion para el Ejercicio Promesa Continua 2013 (CP-13) en la MORDAZA de Talara, provincia y departamento de Piura; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA Primero MORDAZA MULLEN de los Estados Unidos de MORDAZA, del 12 al 16 de noviembre de 2012, a fin que lleve a cabo un pre-despliegue de estudio de sitio (PDSS) de la Fuerza de Proteccion para el Ejercicio Promesa Continua 2013 (CP13) en la MORDAZA de Talara, provincia y departamento de Piura. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

862968-6

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 224-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que en todos los compromisos contractuales que se celebren en el MORDAZA del articulo 11º de dicha Ley, se establecera un porcentaje no menor del 3%, para ser invertido por la Autoridad Portuaria Nacional en el Sistema

Portuario Nacional, en funcion de los requerimientos del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, de los gastos operativos de la Autoridad Portuaria Nacional; y del Fondo de Compensacion del Desarrollo Portuario; asimismo, se dispone que otro porcentaje que sera definido en el Reglamento, debera ser transferido a la Autoridad Maritima para el cumplimiento de sus respectivas competencias en la defensa, seguridad y proteccion ambiental en las aguas jurisdiccionales del pais; Que, en relacion al porcentaje que sera transferido a la Autoridad Maritima Nacional, la Decima Disposicion Transitoria y Final del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, senala que dicho porcentaje sera definido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 3° del Decreto Supremo N° 016-2006MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 049-2010MTC, senala que los porcentajes a favor de la Autoridad Portuaria Nacional y de la Autoridad Maritima a que se refiere la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, se calcularan directamente de la retribucion que tuviera que pagar el sector privado al Estado, conforme a los compromisos contractuales que se suscriban al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 11º de dicha Ley, correspondiendo a la Autoridad Portuaria Nacional el 70% y a la Autoridad Maritima el 30% de dicha retribucion; Que, la Autoridad Portuaria Nacional efectuara los depositos correspondientes a las retribuciones por la Concesion del MORDAZA Terminal de Contenedores del TP Callao - MORDAZA Sur y otras afectadas por la Ley N° 27943 y el Decreto Supremo N° 016-2006-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 049-2010-MTC, que establecen la distribucion porcentual de las retribuciones economicas; por lo que, es necesario, de acuerdo a la normativa legal vigente, disponer la incorporacion del equivalente al 30% de la distribucion porcentual senalada en el Decreto Supremo N° 049-2010-MTC, al presupuesto del Pliego Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el literal b) del articulo 6° de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que la incorporacion de los recursos que provengan entre otros, de los procesos de concesion, se efectua mediante Decreto Supremo, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, a propuesta de este ultimo; Que, en el MORDAZA de lo senalado en los considerandos precedentes, a traves de los Oficios N° 768-2012-MINDEF/ DM y 978-2012-MINDEF/VRD/D, el Ministerio de Defensa ha solicitado se autorice la incorporacion de mayores recursos en el Pliego 026 Ministerio de Defensa por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 826 024,00), a favor de la Autoridad Maritima, que corresponde al deposito efectuado por la Autoridad Portuaria Nacional en la cuenta del Tesoro Publico, correspondiente a los meses de octubre, noviembre, diciembre 2011; enero, febrero, marzo y MORDAZA 2012, equivalente al 30% de las retribuciones generadas por los Concesionarios del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao-Zona Sur y del Terminal Norte Multiproposito del Terminal Portuario del Callao; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporacion de los citados recursos hasta por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 826 024,00), via Credito Suplementario; De conformidad con lo establecido en la Decimo MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ley N° 27943 y el literal b), del articulo 6° de la Ley N° 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1°.- Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.2 826 024,00), equivalente al 30% del deposito de las retribuciones efectuado por la Autoridad Portuaria Nacional, correspondiente a los meses de octubre, noviembre, diciembre 2011; enero, febrero, marzo y MORDAZA 2012, por

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.