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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2012 478127 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 5°.- La presente autorización, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 863353-8 Autorizan viaje de Personal Militar FAP a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 580-2012-DE/ Lima, 7 de noviembre de 2012 Visto el Ofi cio NC-50-MAOP-Nº 0905 de fecha 31 de julio de 2012, del Comandante de Material de la Fuerza Aérea del Perú, la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-Nº 3815 de fecha 13 de agosto de 2012, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-50-EMAI-Nº 1146 de fecha 10 de agosto de 2012, del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Servicio de Mantenimiento se encuentra certifi cado por la Administración de Aviación Federal de los Estados Unidos de América (FAA) desde 1988 para la realización de trabajos de mantenimiento en aeronaves, motores, radio, instrumentos y pruebas No Destructivas (NDT); además de ello, posee otras certifi caciones similares, tales como de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC-PERU) y otras autoridades aeronáuticas latinoamericanas; Que, el personal del Servicio de Mantenimiento con la fi nalidad de poder realizar los distintos trabajos certifi cados por las autoridades aeronáuticas, debe estar constantemente actualizado y entrenado para lo cual requiere participar en cursos dictados por academias con licencia FAA que le permitan ampliar sus capacidades tecnológicas que vayan a la par con los avances de la tecnología moderna; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Técnico de 1ra. FAP LUIS ENRIQUE GIRALDO ÁLVAREZ y al Técnico de 1ra. FAP JOSÉ RAFAEL LOMAS PÉREZ, para que participen en el Curso “Advanced Composite Structure - Phase 4”, a realizarse en la Cía. Abaris, Ciudad de Reno, Estado de Nevada - Estados Unidos de América, del 12 al 16 de noviembre de 2012; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en mantener la presencia y el liderazgo de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la citada Misión de Estudios ha sido incluida en el ítem 25 del rubro 2.- Entrenamiento / Técnico / Pasantías del anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ del 13 de enero de 2012, modifi cado con Resolución Suprema Nº 284-2012-DE/ del 21 de junio de 2012, Resolución Suprema Nº 384-2012-DE/ del 27 de agosto de 2012 y Resolución Suprema Nº 457-2012-DE/ del 28 de setiembre de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del Personal Militar FAP durante la totalidad del Curso, es necesario autorizar su salida del país con un día de anticipación, así como su retorno un día posterior al término del mismo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; De conformidad con la Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 - que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participen en el Curso “Advanced Composite Structure - Phase 4”, a realizarse en la Cía. Abaris, Ciudad de Reno, Estado de Nevada - Estados Unidos de América, del 12 al 16 de noviembre de 2012; así como autorizar su salida del país el 11 de noviembre de 2012 y su retorno el 17 de noviembre de 2012: - Técnico de 1ra. FAP LUIS ENRIQUE GIRALDO ÁLVAREZ NSA: S-60471185-O+ DNI : 09316168 - Técnico de 1ra. FAP JOSÉ RAFAEL LOMAS PÉREZ NSA: S-60567688-A+ DNI : 08871329 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima – Ciudad de Reno, Estado de Nevada (Estados Unidos de América) – Lima US $ 2,273.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US$ 4,546.00 Viáticos: US $ 220.00 x 6 días x 02 personas = US $ 2,640.00 ---------------------- Total a pagar = US $ 7,186.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince