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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2012 478125 Resolución Suprema Nº 384-2012 DE/SG del 27 de agosto de 2012; Que, el diferencial entre el monto aprobado y el realmente pagado, será asumido con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Defensa-OA, Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 3 Bienes y Servicios, Meta Presupuestaria 0004 Participación en Asuntos Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 411-2012-DE/, en el extremo del costo del pasaje aéreo para el viaje al exterior del Coronel FAP Ricardo Absalón GUERRA DIAZ, al Coronel FAP Luis Alberto AREVALO ÁNGELES y al Coronel FAP Alfredo Antonio ROBLES HIDALGO, de la Dirección Ejecutiva de la Secretaria Pro Témpore del Consejo de Defensa Suramericano - UNASUR; para que participen de la “Segunda Reunión Presencial” de la actividad 3.d: “Conformar un Grupo de Trabajo de expertos que, en un plazo de seis meses, presente un informe de factibilidad con vistas al diseño, desarrollo y producción regional de un Avión de Entrenamiento Básico – Primario Suramericano”, realizado a la ciudad de San Carlos de Bariloche – República Argentina, de acuerdo al siguiente detalle: DICE: “Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa (…) Pasajes: Lima – San Carlos de Bariloche (República Argentina) – Lima US$ 1,446.44 x 3 personas (Incluye TUUA) (…)” DEBE DECIR: “Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa (…) Pasajes: Lima – San Carlos de Bariloche (República Argentina) – Lima US$ 2,185.71 x 3 personas (Incluye TUUA) (…)” Artículo 2º.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Suprema Nº 411-2012-DE del 07 de setiembre de 2012. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 863353-6 Amplían plazo de permanencia de Alférez de la Marina de Guerra del Perú para participar en crucero de instrucción en buque de la Armada de Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 578-2012-DE/ Lima, 7 de noviembre de 2012 Visto, el Ofi cio N.1000-1054 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 21 de mayo de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 132-2012-DE/ MGP, de fecha 30 de marzo de 2012, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Pedro Rubén HAYDEN Salazar, para que participe en el Crucero de Instrucción a bordo del Buque Escuela “GUAYAS” de la Armada del Ecuador, del 1 de abril al 27 de julio de 2012; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2012, ampliar la participación del referido Ofi cial Subalterno en el citado Crucero de Instrucción, del 28 de julio al 16 de noviembre de 2012; Que, la citada actividad ha sido incluida en el Rubro 2: Entrenamiento / Técnico / Pasantías, Ítem (83), Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por Resolución Suprema N° 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012 y conforme a las modifi caciones aprobadas con Resolución Suprema Nº 284-2012-DE, de fecha 21 de junio de 2012, Resolución Suprema N° 384-2012-DE, de fecha 27 de agosto de 2012 y Resolución Suprema N° 457-2012-DE, de fecha 28 de setiembre de 2012; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en misión de estudios del Alférez de Fragata Pedro Rubén HAYDEN Salazar, para que continúe participando en el Crucero de Instrucción a bordo del Buque Escuela “GUAYAS” de la Armada del Ecuador, del 28 de julio al 16 de noviembre de 2012, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la ampliación de permanencia en el exterior, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009- DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar con efi cacia anticipada al 28 de julio de 2012 y hasta el 16 de noviembre de 2012, la permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Pedro Rubén HAYDEN Salazar, CIP 00029750, DNI. 70672734, para que continúe participando en el Crucero de Instrucción a bordo del Buque Escuela “GUAYAS” de la Armada del Ecuador, con permanencia en puertos extranjeros por un total de VEINTISÉIS (26) días. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará el pago que corresponda, de acuerdo al concepto siguiente: Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: US$. 40.00 x 26 días US$. 1,040.00 ---------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 1,040.00