Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2012 (08/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478133

los Concesionarios del MORDAZA Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao-Zona Sur y del Terminal Norte Multiproposito del Terminal Portuario del Callao, para el cumplimiento de las competencias de la Autoridad Maritima en la defensa, seguridad y proteccion ambiental en las aguas jurisdiccionales del MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional
DECRETO SUPREMO Nº 225-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 se han aprobado, entre otros, los presupuestos institucionales de los Pliegos 220 Instituto Peruano de Energia Nuclear ­ IPEN, 010 Direccion Nacional de Inteligencia ­ DINI, 031 MORDAZA Nacional de Elecciones y 013 Ministerio de Agricultura; Que, el Instituto Peruano de Energia Nuclear ­ IPEN es una Institucion Publica Descentralizada del Sector Energia y Minas que tiene como mision normar, promover, supervisar y desarrollar las actividades aplicativas de la Energia Nuclear, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo nacional; y, en el ambito del control de las actividades relacionadas con radiaciones ionizantes, el IPEN actua como Autoridad Nacional velando fundamentalmente por el cumplimiento de las Normas, Reglamentos y Guias orientadas, para la operacion MORDAZA de las instalaciones nucleares y radiactivas, basadas en la Ley N° 28028, Ley de Regulacion del Uso de MORDAZA de Radiacion Ionizante y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 039-2008-EM; Que, mediante Oficios N°s 180-12-IPEN/PRES y 04012-IPEN/PLPR, el Instituto Peruano de Energia Nuclear solicita recursos adicionales para el Ano Fiscal 2012, entre otros, hasta por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 250 000,00), destinados a financiar parte del costo correspondiente del Seguro de Riesgo Nuclear por el periodo noviembre 2012 ­ noviembre 2013, el mismo que permitira cubrir danos en la infraestructura del Centro Nuclear; Que, mediante Oficio N° 181-2012-DINI-000, la Direccion Nacional de Inteligencia solicita recursos adicionales para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 700 000,00), para cumplir con las politicas establecidas por el Gobierno, relacionadas a la seguridad nacional; Que, mediante Decision N° 26/2012 asumida en la Reunion Extraordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de UNASUR, realizada en la MORDAZA de MORDAZA el 29 de junio de 2012, se resolvio designar a la Republica del Peru para que asuma en la mencionada fecha la Presidencia Pro Tempore de UNASUR, por un periodo de un ano, el cual concluye en el mes de junio del ano 2013; ello como consecuencia de la suspension de la Republica de MORDAZA de participar en los organos e instancias de la Union de Naciones Suramericanas ­ UNASUR; Que, por Resolucion N° 23/2012 del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de UNASUR, del 11 de junio de 2012, emitida en la MORDAZA de Bogota, se aprobo, entre otros, proponer a los Organismos y Autoridades Electorales de los Estados miembros de UNASUR, la introduccion de cambios en el contenido de los Criterios y Normativas para la Observacion y Acompanamiento Electoral de UNASUR; Que, mediante Oficio N° 785-2012-P/JNE, el MORDAZA Nacional de Elecciones solicita recursos adicionales para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 357 625,00), para la realizacion de una reunion en MORDAZA del Consejo Electoral de UNASUR, entre el 7 y el 9 de noviembre de 2012, a solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores formulada a traves del OF. RE (UNS) N° 3-0-BB/1113. Dicha reunion contara con la participacion de las catorce (14) autoridades maximas de los organismos electorales internacionales, entre otros, procedentes de los Estados miembros de UNASUR, para la adopcion de los acuerdos a que se refiere el considerando anterior, con miras a la evaluacion posterior a llevarse a cabo el 30 de noviembre de 2012; Que, mediante Oficio N° 272-2012-AG-DM, el Ministerio de Agricultura solicita recursos adicionales para el Ano

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (Recursos de las retribuciones generadas por las Concesiones del Terminal Pesquero, en el MORDAZA de la Ley N° 27943 y el Decreto Supremo N° 049-2010-MTC) 2 826 024,00 -----------------TOTAL INGRESOS 2 826 024,00 ========== EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO0 UNIDAD EJECUTORA (En Nuevos Soles) : Gobierno Central 26 : Ministerio de Defensa 004 : MORDAZA de MORDAZA del Peru

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 5002152 : Operaciones de Control y Vigilancia de la Autoridad Maritima 1 : Recursos Ordinarios 2 826 024,00 -----------------2 826 024,00 ==========

Articulo 2°.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que hace referencia el articulo 1° del presente Dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

863353-2

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