Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2012 (08/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de noviembre de 2012

publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Por su parte, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, senala "La comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolecente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad (...); Que, el articulo 234º del Codigo Civil, establece "El matrimonio es la union voluntariamente concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA, formalizada con sujecion a las disposiciones de este Codigo a fin de hacer MORDAZA comun"; Que, el numeral 16) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 prescribe como atribuciones del MORDAZA "Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Codigo"; Que, es politica de esta gestion MORDAZA, brindar facilidades a los ciudadanos de la provincia de Huaura que deseen unirse mediante la celebracion del matrimonio civil, promoviendo con ello la formalizacion y regularizacion de las parejas, y de esa manera, fortalecer la unidad familiar, cedula basica de la sociedad y escuela de valores necesarios para forjar un MORDAZA mejor; con este proposito, resulta ineludible la elaboracion de una MORDAZA municipal que apruebe el Matrimonio Civil Comunitario; Que, dentro de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal, se encuentra la aprobacion de Ordenanzas Municipales las cuales de conformidad a lo previsto en el Art. 40º son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal y en MORDAZA del inciso 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, tienen rango de Ley; En merito a lo expuesto y a los procedimientos administrativos correspondientes, la Oficina de Asesoria Legal mediante el Informe Legal Nº 0703-2012-OAJ/MPH acota, que teniendo en consideracion que los actuados se encuentran de conformidad a lo establecido en el Art. 248º del Codigo Civil y la normatividad precitada, resulta viable legalmente; Estando a lo expuesto, al Dictamen Nº 013-2012-CEF/ MPH cursado por la Comision de Economia y Finanzas, Informe Nº 189-2012-MPH/GM, Informe Nº 363-GPP/MPHH, Informe Nº 1576-2012-GSP-MPH-H y de conformidad al Inc. 9 del Art. 9º de la Ley Nº 27972 con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, de conformidad con la normativa MORDAZA glosada, el Pleno de Concejo por unanimidad aprueba:

Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Publicos, Oficina de Registro Civil, Gerencia de Desarrollo Humano, Gerencia de Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Secretaria General, Oficina de Imagen Institucional y Protocolo y demas areas competentes, el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Articulo Noveno.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Decimo.- FACULTAR al Senor MORDAZA a fin de que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias correspondientes, para el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Articulo Decimo Primero.- DISPONER a la Oficina de Logistica la publicacion de la presente Ordenanza de conformidad al articulo 44º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, asimismo a la Oficina de Informatica la difusion de la misma en el MORDAZA de la entidad www.munihuacho.gob.pe POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial

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Disponen el embanderamiento general de inmuebles de la MORDAZA de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016-2012-A/MPH
MORDAZA, 25 de octubre de 2012 El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaura CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, son personas juridicas de derecho publico y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, al conmemorarse el 138º Aniversario de la elevacion a la categoria capital de la Provincia de Chancay hoy Huaura y Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de Huaura, la Comision de Aniversario conformada mediante Acuerdo de Concejo Nº 030-2012 ha previsto la realizacion de diversas actividades; a fin de dar realce a esta magna fecha; En ese sentido resulta ineludible propiciar mayor identificacion patriotica y mejoramiento del ornato de nuestra MORDAZA, motivo por el cual se dispone el embanderamiento General de nuestra ciudad; Estando a lo expuesto, a las atribuciones conferidas por el inc. 6 del art. 20º, concordante con el art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General obligatorio en todas las viviendas, locales comerciales e instituciones publicas y privadas de la MORDAZA de MORDAZA desde el 01 de Noviembre al 16 de Noviembre del ano en curso, por conmemorarse el 138º Aniversario de la Elevacion de MORDAZA a MORDAZA y Capital de la Provincia de Huaura; Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Publicos a traves de la Oficina de Seguridad Ciudadana y Policia Municipal el control y cumplimiento del presente Decreto, de lo contrario apliquese la sancion que corresponda. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Relaciones Publicas e Imagen Institucional, la difusion de lo dispuesto en el presente Decreto, y a la Oficina de Logistica su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y dese cuenta al Concejo. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA Provincial

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Articulo Primero.- APROBAR la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario en la MORDAZA de Huacho. Articulo Segundo.- APROBAR la formacion de la Comision Organizadora conformada por representantes de las siguientes unidades organicas de esta corporacion edil: Gerencia de Servicios Publicos · Sub Gerencia de Secretaria General. · Oficina de Registro Civil. · Oficina de Imagen Institucional y Protocolo. · Oficina de Logistica. Articulo Tercero.- ESTABLECER, la reduccion del pago por derecho del tramite de matrimonio civil comunitario, disponiendose como pago la suma de S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles), o en su caso la exoneracion total. Articulo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes que participen en los matrimonios civiles comunitarios, de las publicaciones de los edictos matrimoniales, conforme lo dispuesto en el articulo 252º del Codigo Civil, sin perjuicio que la municipalidad pueda efectuar la difusion y publicacion con arreglo al articulo 250º de la MORDAZA MORDAZA acotada. ArticuloQuinto.-ESTABLECERquelapresenteOrdenanza es de aplicacion para la celebracion de los matrimonios civiles comunitarios que a futuro organice la Municipalidad Provincial de Huaura, con el debido procedimiento y exoneracion parcial o total de pagos establecidos. Articulo Sexto.- PRECISAR que las parejas que se acojan a lo establecido en la presente Ordenanza deberan ser residentes en la jurisdiccion de la provincia de Huaura. Articulo Setimo.- ESTABLECER con fecha de cese de inscripcion como minimo siete (7) dias MORDAZA del evento.

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