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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (08/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de noviembre de 2012 478191 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Disponen publicar otorgamiento de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2012 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 126-2012/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR Piura, 18 de octubre del 2012 CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función específi ca para los gobiernos regionales “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 550- 2006 y 121-2008-MEM-DM, se declaró que el Gobierno Regional Piura, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de: “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que en aplicación de los dispuesto en el artículo 117 y 124 del Decreto Supremo Nº 014-92- EM, en lo relacionado al Procedimiento Ordinario Minero, en concordancia con el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que mediante Ordenanza Regional Nº 145-2008/ GRP-CR, publicado con fecha 23 de abril del año 2008, se aprobó el Reglamento de Organización de Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, en el que en su artículo 8 inciso 6 se encuentra la función de Otorgar Concesiones Mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional, incluyendo en esta función la recepción de Petitorios, tramitación, otorgamiento de concesiones y extinción, y en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme a la Ley General de Minería y su Reglamento. Con la visación de la División de Concesiones y Catastro Minero y Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Piura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el otorgamiento de 11 concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Octubre del 2012, por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, de acuerdo a la nomenclatura que se indica y para los efectos que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS. 1.- A) TEZATI 1 B) 700003612 C) ZAPATA CASTILLO JORGE LUIS D) 114-2012/GRPIURA-420030-DR 03/10/2012 E) 17 F) V1: N9487 E618 V2: N9485 E618 V3: N9485 E613 V4: N9486 E613 V5: N9486 E616 V6: N9487 E616 2.- A) TRIPULANTE ESPACIAL CON MAS COPAS B) 700004311 C) FEIJOO MORETTI RUBEN ANGEL D) 122-2012/GRPIURA-420030-DR 09/10/2012 E) 17 F) V1: N9500 E601 V2: N9497 E601 V3: N9497 E599 V4: N9500 E599 3.- A) YULIANA 03 B) 700005011 C) PEÑA MARTINEZ KARINA ISSELA D) 118-2012/GRPIURA- 420030-DR 03/10/2012 E) 17 F) V1: N9469 E493 V2: N9469 E495 V3: N9468 E495 V4: N9468 E493 4.- A) MARILIA XXVI B) 700006011 C) CORNEJO FLORES FRANLI SABINO D) 108-2012/GRPIURA-420030-DR 01/10/2012 E) 17 F) V1: N9491 E615 V2: N9490 E615 V3: N9490 E614 V4: N9489 E614 V5: N9489 E612 V6: N9491 E612 5.- A) MARILIA XXVII B) 700006111 C) FLORES RUIZ VICTOR SEFERINO D) 115-2012/GRPIURA-420030-DR 03/10/2012 E) 17 F) V1: N9494 E614 V2: N9491 E614 V3: N9491 E612 V4: N9494 E612 6.- A) FIPE 1 B) 700006411 C) MOLINORTE BORRIS S.A.C. D) 121-2012/GRPIURA- 420030-DR 09/10/2012 E) 17 F) V1: N9489 E584 V2: N9489 E586 V3: N9488 E586 V4: N9488 E587 V5: N9487 E587 V6: N9487 E585 V7: N9488 E585 V8: N9488 E584 7.- A) AISHA 2011 B) 700007411 C) VALDERRAMA VILCHEZ ELIAS D) 109-2012/GRPIURA-420030-DR 01/10/2012 E) 17 F) V1: N9469 E544 V2: N9467 E544 V3: N9467 E542 V4: N9469 E542 8.- A) T&GCONSTRUCTORESSAC B) 700008611 C) T&G CONSTRUCTORES S.A.C. D) 113-2012/GRPIURA-420030-DR 03/10/2012 E) 17 F) V1: N9426 E481 V2: N9425 E481 V3: N9425 E480 V4: N9426 E480 9.- A) MILAGRO DE PAZ B) 700008911 C) MORALES MARTINEZ MILAGROS ELIZABETH D) 110- 2012/GRPIURA-420030-DR 01/10/2012 E) 17 F) V1: N9389 E527 V2: N9388 E527 V3: N9388 E526 V4: N9389 E526 10.- A) FIPE 2 B) 700009311 C) MOLINORTE BORRIS S.A.C. D) 112-2012/GRPIURA-420030-DR 03/10/2012 E) 17 F) V1: N9472 E495 V2: N9472 E496 V3: N9471 E496 V4: N9471 E495 11.- A) CANTERA LA VIRGEN II YUNJA B) 700010411 C) FUENTES BUSTAMANTE JAIME D) 120-2012/GRPIURA-420030-DR 09/10/2012 E) 17 F) V1: N9501 E471 V2: N9499 E471 V3: N9499 E469 V4: N9501 E469 Regístrese y publíquese. ALFREDO GUZMAN ZEGARRA Director Regional de Energía y Minas Dirección Regional de Energía y Minas 862443-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban Reglamento de Organización y Funciones, Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad ORDENANZA Nº 439-MSS Santiago de Surco, 31 de octubre del 2012 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha: VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 01-2012-CGM-CDL- CSC-CASPV-CAJ-MSS, de las Comisiones de Gestión Municipal, de Desarrollo Local, de Seguridad Ciudadana, Asuntos Sociales y Participación Vecinal y de Asuntos Jurídicos, las Cartas Nros. 3002, 3403, 3617 y 3696-2012- SG-MSS de la Secretaría General, los Memorándums Nros. 963, 119 y 1179-2012-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Informes Nros. 673, 772 y 815-2012-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Memorandos Nros. 409, 457 y 475-2012-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 9° numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que