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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (15/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de noviembre de 2012 478655 defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fi n de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, la República del Perú y la República de Argentina han suscrito el Acuerdo de Asociación Estratégica, Complementación y Cooperación, estableciendo que las Partes defi nirán lineamientos e impulsarán acciones que contribuyan a hacer más efectiva la integración económica y productiva, promuevan el comercio y las inversiones y la diversifi cación de la oferta exportable; Que, en dicho contexto, se constituyó la Subcomisión de Asuntos Económicos y Financieros con el fi n de contribuir al establecimiento de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios y la plena utilización de los factores productivos, así como alentar la eliminación de las restricciones arancelarias y no-arancelarias que pudiera afectar el comercio recíproco; para tal fi n, se llevará a cabo una reunión en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el día 19 de noviembre de 2012; Que, resulta conveniente que representantes del MINCETUR participen en dicha reunión, teniendo en consideración la importancia que reviste para el Perú abordar el tratamiento de las medidas no arancelarias con las autoridades argentinas, con el fi n de que las mismas no se constituyan en barreras innecesarias al comercio y para mejorar las condiciones de acceso de las exportaciones peruanas a dicho país; Que, por tanto, es necesario autorizar el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y del señor Jorge Luis Oscátegui Pérez, Sub Director de Integración Regional del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en la reunión antes mencionada; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y del señor Jorge Luis Oscátegui Pérez, Sub Director de Integración Regional del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 18 al 19 de noviembre de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participen en la Reunión de la Subcomisión de Asuntos Económicos y Financieros del Acuerdo de Asociación Estratégica, Complementación y Cooperación, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 1 745,25 x 2 personas) : US$ 3 490,50 Viáticos (US$ 200,00 x 2 días x 2 personas) : US$ 800,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar a la señora Victoria Elmore Vega, Directora Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, las funciones de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a partir del 18 de noviembre de 2012, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 5°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 865749-1 CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la manifestación cultural conocida como “Llameritos de Chumpi” del distrito de Chumpi, provincia de Parinacochas, región de Ayacucho RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 059-2012-VMPCIC-MC Lima, 8 de noviembre de 2012 Vistos, el Ofi cio N° 124-2012-MDCH/ALC y el Formato para Solicitud de la Municipalidad Distrital de Chumpi; el Informe N° 192-2012-DPIC-DGPC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo; el Informe N° 423- 2012-DGPC-VMPCIC/MC; el Informe N° 660-2012-OGAJ- SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio N° 124-2012-MDCH/ALC de fecha 26 de julio de 2012, la Municipalidad Distrital de Chumpi presentó el trabajo de investigación de la danza “Llameritos de Chumpi”, solicitando su revisión para el reconocimiento, valoración y difusión de la misma; Que, con el Formato para Solicitud de fecha 09 de octubre de 2012, la Municipalidad Distrital de Chumpi presentó expedientes complementarios al trabajo de investigación antes mencionado; Que, con el Informe N° 423-2012-DGPC-VMPCIC/MC de fecha 24 de octubre de 2012, la Dirección General de Patrimonio Cultural elevó al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Informe N° 192-2012-DPIC- DGPC/MC del 19 de octubre de 2012, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial Contemporáneo, por el cual se recomienda que la danza “Llameritos de Chumpi” del distrito de Chumpi, provincia de Parinacochas, región Ayacucho, sea declarada como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de acuerdo al Informe N° 192-2012-DPIC-DGPC/ MC antes citado, los fundamentos para proceder a la referida declaratoria son los siguientes: Que, la danza “Llameritos de Chumpi” del distrito de Chumpi, provincia de Parinacochas, región Ayacucho, es una danza ejecutada para la Navidad y Año Nuevo que interpreta la escena bíblica de la adoración de los pastores al Niño Dios recién nacido. Las danzas de pastores están muy extendidas en la región andina. La diferencia con las otras danzas de pastores es que en el caso de “Llameritos de Chumpi”, además de ser una danza de adoración al Niño Dios, es una representación de los pastores de camélidos, población de altura, en la que se incluyen representaciones de actividades rituales como la marcación de ganado o el matrimonio; Que, el distrito de Chumpi, de larga historia, fue importante en la región desde antes de la llegada de los incas, como da testimonio el sitio de “Chumbimarca”, integrado posteriormente a la ruta “Qhapaq Ñan” que conectaba al “Contisuyo” con el Cusco; Que, la fi esta en honor al Niño Jesús de Chumpi es refl ejo de esta importancia histórica. En ella, se hace adoración a tres imágenes que representan al Niño Jesús: el Niño Jesús de Ccollana, el Niño Pastor de Matoyoq y el Niño Amancay de la Capilla del barrio Sauce y se dan cita diversas danzas