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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (17/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2012 478850 Dan por concluida designación y designan Jefe de Equipo de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 909-2012/MINSA Lima, 14 de noviembre del 2012 Visto, el expediente Nº 12-081173-001, que contiene el Ofi cio Nº 1095-2012-DG-DGRH/MINSA, remitido por el Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 659-2011/ MINSA, de fecha 26 de agosto de 2011, se designó a la Licenciada en Obstetricia Mirian Teresa Solís Rojas, en el cargo de Supervisor II, Nivel F-3, de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, a través de la Resolución Suprema N° 020-2012- SA, de fecha 9 de julio de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual al cargo de Supervisor II de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, se le ha denominado como de Jefe de Equipo en la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la citada Dirección General y se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, con documento del visto el Director General de la Dirección de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, solicita dar por concluida la designación de la profesional antes mencionada y designar al profesional propuesto; Que, mediante Informe N° 340-2012-EIE-OARH/ OGGRH/MINSA, de fecha 31 de octubre de 2012, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, emitió opinión favorable respecto del pedido formulado por el Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señalando que procede la designación en el cargo de Jefe de Equipo de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la citada Dirección General por tratarse de cargo que se encuentra califi cado como Directivo Superior de Libre Designación; Que, en tal sentido resulta necesario emitir el acto correspondiente, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la Licenciada en Obstetricia Mirian Teresa SOLÍS ROJAS, en el cargo de Jefe de Equipo, Nivel F-3, de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al Médico Cirujano Félix Santiago GARCÍA AHUMADA en el cargo de Jefe de Equipo de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 867212-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan al CITE MADERA como Centro de Certificación de Competencia Laboral con Área de Evaluación propia, para desarrollar procesos de certificación de competencias laborales en el Perfil Ocupacional del Carpintero Industrial en Madera RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 004-2012-MTPE/3/19/2 Lima, 12 de setiembre de 2012. VISTOS: El Ofi cio N° 1569-2012-MTPE/1/20.5, de la Dirección de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, derivado por la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, en relación a la solicitud presentada por el Centro de Innovación Tecnológica de la Madera – CITE MADERA, así como el Informe N° 01-2012-AAA-ECCA/2012/MTPE/3/19.2.; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29381, establece como competencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, entre otras, la materia de normalización y certifi cación de competencias laborales (literal “h” del Artículo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Artículo 5°), así como función rectora: formulando, planifi cando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las políticas nacionales y sectoriales (literal “a”, del numeral 3.1., del Decreto Supremo N° 004-2010- TR). Y, por otra parte, como función compartida con los Gobiernos Regionales: establecer normas, lineamientos, mecanismos y procedimientos (literales “b” del numeral 8.2. de la Ley N° 29381 y numeral 3.4.2. del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, conceptualiza al procedimiento administrativo, como el conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades públicas, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados (Artículos 1° y 29°); así como establece el principio del debido procedimiento (numeral 1.2 del Artículo IV del Título Preliminar), garantizando el derecho a una doble instancia y la facultad de contradicción (Artículo 206°). Y, por otra parte, prescribe que la competencia tiene su fuente en la Constitución y la ley, siendo reglamentada por instrumentos legales de inferior jerarquía; y, su ejercicio es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia (numeral 65.1.), constituyendo un requisito de validez del acto administrativo el ser emitido por órgano facultado en razón de la materia (numeral 1, Artículo 3°), por lo que corresponde a la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales emitir pronunciamiento en primera instancia sobre las solicitudes de Autorización de Centros de Certifi cación de Competencias Laborales; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral como órgano de línea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas públicas (Artículo 71°) y tiene como función