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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (17/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2012 478845 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1293-2012-DE/SG Lima, 16 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 900 del 15 de noviembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la Armada Nacional de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-4486 del 15 de noviembre de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la Armada Nacional de la República de Colombia; Que, personal militar antes señalado, ingresará a territorio de la República, del 19 al 23 de noviembre de 2012, con la fi nalidad de revisar los cursos de postgrado de la Escuela Superior de Guerra Naval, en la ciudad de Lima; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de la Armada Nacional de la República de Colombia detallado a continuación, del 19 al 23 de noviembre de 2012, con la fi nalidad de revisar los cursos de postgrado de la Escuela Superior de Guerra Naval, en la ciudad de Lima. 1. Capitán de Navío Daniel ROJAS Sánchez 2. Capitán de Fragata Carlos HUMBERTO Martínez 3. Sargento Primero Rafael Iván CANDIA Hurtado Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 868085-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican la Única Disposición Complementaria Final de la R.D. Nº 050-2012-EF/52.03 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 052-2012-EF/52.03 Lima, 16 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, es necesario incluir a las Empresas Municipales de la Municipalidad Provincial de Lima, en la autorización a que se refi ere la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución Directoral N° 050-2012-EF/52.03, para el otorgamiento de encargos por parte del Gobierno Regional Municipalidad Metropolitana de Lima, en el marco del régimen especial establecido en el artículo 33° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y en el artículo 65° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; De conformidad con el inciso j) del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012-EF, el numeral 2 del artículo 47° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el artículo 18° del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 325 y el literal d) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, y estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución Directoral N° 050- 2012-EF/52.03, de acuerdo al siguiente texto: “DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- La Unidad Ejecutora del Gobierno Regional Municipalidad Metropolitana de Lima puede otorgar encargos al pliego Municipalidad Provincial de Lima, a sus Organismos Públicos Descentralizados y Empresas Municipales para la ejecución de proyectos de inversión pública y el mantenimiento de infraestructura, los mismos que se autorizan mediante Directiva aprobada por Resolución de Alcaldía Metropolitana de Lima, en su condición de Presidencia Regional, estableciendo los términos y condiciones para su ejecución, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 64° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF/77.15, aprobada por la Resolución Directoral N° 002-2007-EF/77.15 y modifi catorias, en lo pertinente.” Regístrese, publíquese y comuníquese. CARLOS LINARES PEÑALOZA Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público 868083-1 PRODUCE Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2012-PRODUCE Lima, 9 de noviembre de 2012