Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2012 (17/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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especifica emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ambito nacional y sectorial (literal "c" del articulo 72°), en normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, conforme al Articulo 75° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR, entre otras, constituyen funciones especificas de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales: ejecutar las politicas nacionales y sectoriales en materia de certificacion de competencias laborales (literal "b"); asi como, resolver en primera instancia los recursos interpuestos en materia de su competencia, que se determinen por MORDAZA legal o reglamentaria (literal "m"); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 161-2010-TR, se aprueba, entre otros, el Protocolo para la Autorizacion de Centros de Certificacion de Competencias Laborales, estableciendo los requisitos y pautas procedimentales a efecto que una persona juridica debidamente constituida obtenga la Autorizacion que lo faculte a implementar los procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales en uno o varios perfiles ocupacionales; Que, la Direccion de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, conforme se aprecia del Oficio N° 1569-2012-MTPE/1/20.5., derivado por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Metropolitana a la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, mediante hoja de ruta N° 92189-2012-E, con el Informe de Verificacion del 4 de setiembre de 2012 y estando a los resultados de la revision documentaria y visita de verificacion efectuada a la entidad solicitante, cuya razon social es Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA ­ CITE MORDAZA, con domicilio en la cuadra 3 del MORDAZA Solidaridad ubicado en el MORDAZA Industrial de MORDAZA El MORDAZA (Lima), se concluye que la entidad solicitante cumple con los requisitos para ser autorizado como Centro de Certificacion en Competencia Laboral del Perfil Ocupacional del Carpintero Industrial en Madera; Que, dispuesta la revision y analisis del expediente documentario derivado, se emite el Informe N° 012012-AAA-ECCA/2012/MTPE/3/19.2., recomendando que corresponde emitir la correspondiente Resolucion Directoral de autorizacion; Que, conforme a la facultad atribuida a la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizacion. Autorizar al Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA ­ CITE MORDAZA, como Centro de Certificacion de Competencia Laboral con Area de Evaluacion propia, para desarrollar procesos de certificacion de competencias laborales en el Perfil Ocupacional del Carpintero Industrial en MORDAZA, por el periodo comprendido entre el 12 de setiembre de 2012 al 11 de setiembre de 2014. Articulo 2°.- MORDAZA de Autorizacion. Expidase la MORDAZA de Autorizacion que acredita a la entidad anteriormente senalada como Centro de Certificacion de Competencia Laboral y en los Perfiles Ocupacionales descritos, para los fines pertinentes. Articulo 3°.- Publicacion. Dispongase la publicacion de la presente resolucion y anexos en la pagina web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHAVEZ. Director de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales

VISTOS: El Oficio N° 609-2012-MTPE/3/19.2., de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como el Informe N° 102012-MCGJ del 16 de agosto de 2012, en relacion al Perfil Ocupacional del Promotor Rural en Manejo Reproductivo del Ganado Bovino; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se establece como competencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo entre otras areas programaticas la de normalizacion y certificacion de competencias laborales (literal "h" del Articulo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Articulo 5°), asi como ejerce funcion rectora formulando, planificando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las politicas nacionales y sectoriales (literal "a" del numeral 3.1. del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral como organo de linea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las politicas publicas (Articulo 71°) y tiene como funcion especifica emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ambito nacional y sectorial (literal "c" del articulo 72°), en normalizacion y certificacion de competencias laborales; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, entre otras, constituye funcion especifica de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboracion de perfiles ocupacionales en base a competencias laborales (literal "b" del articulo 75°); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR, son aprobados los Criterios del MORDAZA de Certificacion de Competencias Laborales, estableciendo el MORDAZA procedimental y contenido minimo de un Perfil Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, la competencia tiene su fuente en la Constitucion y la ley, siendo reglamentada por instrumentos legales de inferior jerarquia. Su ejercicio es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia (numeral 65.1. de la Ley N° 27444), constituyendo un requisito de validez del acto administrativo el ser emitido por organo facultado en razon de la materia (numeral 1, Articulo 3°, Ley N° 27444); Que, la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, segun Informe N° 10-2012-MCGJ del 16 de agosto de 2012 y oficio de vistos propone aprobar el Perfil Ocupacional del Promotor Rural en Manejo Reproductivo del Ganado Bovino, el mismos que segun revision y analisis efectuado presenta el contenido minimos requeridos para un Perfil Ocupacional, conforme a lo regulado por la Resolucion Ministerial N° 026-2010-TR (numeral MORDAZA del Anexo sobre Criterios del MORDAZA de Certificacion de Competencias Laborales), como son: el sector y subsector economico, denominacion de la ocupacion, codigo de la ocupacion, nivel de competencia laboral, competencias basicas, genericas y especificas, contexto de desempeno laboral y la vigencia del perfil ocupacional, a fin de contar con un Perfil Ocupacional basado en competencias que agrupe los Estandares o Unidades de Competencia Laboral que cuentan las actividades y funciones que componen un oficio o cargo, respondiendo a una logica de oficios completos mas que a actividades o tareas aisladas, teniendo de este modo un valor agregado para el ambito de la formacion profesional, capacitacion y gestion de recursos humanos en empresas, ademas de la posibilidad para ser usados en la evaluacion y certificacion de competencias laborales; Que, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral, en el ejercicio de las funciones especificas asignadas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion Aprobar el Perfil Ocupacional del Promotor Rural en Manejo Reproductivo del Ganado Bovino, propuesto

867504-1

Aprueban el Perfil Ocupacional del Promotor Rural en Manejo Reproductivo del Ganado Bovino
RESOLUCION DIRECTORAL N° 16-2012-MTPE/3/19 MORDAZA, 29 de agosto de 2012

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